RESOLUCIONES



SALTA, 7 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 130

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente N° 125 - 97.183/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Licitación Pública N° 21/22, llevado a cabo para la contratación de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS EN BARRIO CAMPO CASEROS - ZONA SUR - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 105/106, mediante Resolución N° 101/22 del Ministerio de Infraestructura, se dispone el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 194.352.658,59 (pesos ciento noventa y cuatro millones trescientos cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y ocho con 59/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 110/151, mediante Resolución N° 118/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Licitación Pública para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 162, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 160 en el Boletín Oficial, a fs. 161 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 26 de Septiembre de 2.022 (fs. 178/179), presenta su única oferta la empresa “CYL S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 268/270, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 118/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible en lo relacionado a los requisitos formales, la oferta presentada por la empresa “CYL S.R.L.”, pasando al análisis de los criterios de adjudicación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión de Evaluadora entiende que la oferta admisible, reúne los requisitos técnicos constructivos exigidos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, su planilla de datos garantizados resulta completa y correcta, contando con folletería, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y su equipamiento es suficiente y refleja también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CYL S.R.L.”, en la suma de $ 290.282.945,56 (pesos doscientos noventa millones doscientos ochenta y dos mil novecientos cuarenta y cinco con 56/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, que representa un 22,72 % superior al presupuesto oficial actualizado a valores de agosto de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la única oferta y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que según constancia de fs. 271/272, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentaran impugnaciones al mismo;

Que sin perjuicio de lo expresado, a fs. 275/276 el Ministro de Infraestructura, solicita una mejora de las condiciones de su oferta a la empresa preadjudicataria, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13, quinto y sexto párrafos de la Ley 8.072;

Que a fs. 279/299, la empresa “CYL S.R.L.”, presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de prepuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondientes;

Que a fs. 302/303, la Dirección de Infraestructura Social y Productiva informa que la oferta mejorada por la empresa de referencia, cotejada con el presupuesto oficial actualizado a la fecha de apertura de la licitación (Septiembre de 2.022), asciende a la suma de $ 286.799.550,22 (pesos doscientos ochenta y seis mil setecientos noventa y nueve mil quinientos cincuenta con 22/100) oferta que supera el presupuesto oficial actualizado en un 13,02 %;

Que a fs. 304/305, mediante Dictamen N° 466/22, toma intervención la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 305 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación del gasto de fs. 98;

Que a fs. 306, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 159/22;

Por ello, atento a las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley N° 8.072 y el artículo 15 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Licitación Pública N° 21/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución del Ministerio de Infraestructura N° 101/21, para la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS EN BARRIO CAMPO CASEROS - ZONA SUR - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 194.352.658,59 (pesos ciento noventa y cuatro millones trescientos cincuenta y dos mil seiscientos cincuenta y ocho con 59/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “CYL S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley 8.072, adjudicar a la empresa “CYL S.R.L.”, CUIT N° 30-71427695-2, la ejecución de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS EN BARRIO CAMPO CASEROS - ZONA SUR - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 286.799.550,22 (pesos doscientos ochenta y seis mil setecientos noventa y nueve mil quinientos cincuenta con 22/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CYL S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 194.352.658,59 al Curso de Acción: 09203800851 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 999 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que el Ministerio de Infraestructura en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




F. V/C N° 0012 - 00006638
Orden de Publicación: 100099089
Importe: $4.648,00
Fecha/s de publicación: 14/11/2022

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