RESOLUCIONES



SALTA, 7 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 129

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente N° 184 - 952/19 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Licitación Pública N° 18/22, llevado a cabo para la contratación de la obra “NUEVO HOSPITAL RICARDO SALINAS - EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 152/154, mediante Resolución N° 83/22 del Ministerio de Infraestructura, se dispone el llamado a Licitación Pública para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 202.528.659,43 (pesos doscientos dos millones quinientos veintiocho mil seiscientos cincuenta y nueve con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 600 (seiscientos) días corridos, mediante el procedimiento de Licitación Pública con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 157/198, mediante Resolución N° 105/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el llamado a Licitación Pública para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 210, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a la Licitación Pública en un diario de circulación local y a fs. 209 y vta. en el Boletín Oficial, a fs. 201 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 12 de Agosto de 2.022 (fs. 233/234), presentaron sus ofertas 03 (tres) empresas: “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, “CE Y BA S.R.L.” e “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 685/688, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 83/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.” en consideración a que presenta un Patrimonio Neto menor a los $ 40.505.731,89 y un Capital de Trabajo insuficiente, conforme a lo exigido como mínimo por el artículo 14 incs. 10) y 13) del Pliego de Condiciones Particulares respectivamente y recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas: “CE Y BA S.R.L.” e “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, sus planillas de datos garantizados completas con folletería, reflejando materiales, equipamiento, artefactos, maquinarias e insumos que cumplen con las calidades y durabilidad requeridos, sus planes de trabajo y las metodologías coherentes, cumplen con sus índices económicos financieros y respetan los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, en la suma de $ 274.557.794,14 (pesos doscientos setenta y cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y cuatro con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, que representa un 17,15 % superior al presupuesto oficial actualizado a julio de 2.022, con un plazo de ejecución de 600 (seiscientos) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 689/694 rolan las constancias de las notificaciones de la preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones a la misma;

Que sin perjuicio de lo expresado, a fs. 711/712, el Secretario de Obras Públicas, solicita una mejora de las condiciones de su oferta a la empresa preadjudicataria, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13, 5° y 6° párrafos de la Ley 8.072;

Que a fs. 713, la empresa “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, manifiesta que se encuentra imposibilitado de realizar una mejora en los precios de la oferta;

Que a fs. 119, la Dirección de Obras de Salud ,con el V° B° del Sr. Secretario de Obras Públicas, informa que la oferta de la empresa de referencia, expone la imposibilidad de realizar una mejora de la oferta, por lo que la oferta queda en la suma de $ 274.557.794,14 (pesos doscientos setenta y cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y cuatro con 14/100), una diferencia de 1,99 % sobre el presupuesto oficial actualizado a Agosto de 2.022;

Que a fs. 421/422, mediante Dictamen N° 70/22, la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 423, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 424, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 61/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 13 de la Ley N° 8.072, artículos 5, inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Licitación Pública N° 18/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución N° 83/22 del Ministerio de Infraestructura, para la ejecución de la obra “NUEVO HOSPITAL RICARDO SALINAS - EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 202.528.659,43 (pesos doscientos dos millones quinientos veintiocho mil seiscientos cincuenta y nueve con 43/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Marzo de 2.022, con un plazo de ejecución de 600 (seiscientos) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “CELMONT CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas: “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES” y “CE Y BA S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, CUIT N° 20-13345547-8, la ejecución de la obra “NUEVO HOSPITAL RICARDO SALINAS - EL POTRERO - DPTO. ROSARIO DE LA FRONTERA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 274.557.794,14 (pesos doscientos setenta y cuatro millones quinientos cincuenta y siete mil setecientos noventa y cuatro con 14/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, con un plazo de ejecución de 600 (seiscientos) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “INGENIERO DANIEL MADEO CONSTRUCCIONES”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 65.000.000,00 al Curso de Acción: 081017034601 - Financiamiento: Ley 27429 (295) - Proyecto: 529 - Unidad Geográfica: 140 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16, inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




F. V/C N° 0012 - 00006638
Orden de Publicación: 100099090
Importe: $5.040,00
Fecha/s de publicación: 14/11/2022

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