CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



WAMA COMUNICACIÓN SAS



Por instrumento privado, de fecha 26/05/2022 y adenda de fecha 26/07/2022 se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada WAMA COMUNICACION SAS, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en la calle López y Planes, número 800, de la ciudad de la San Ramón de la Nueva Orán provincia de Salta.

Socios: Ramón Armando Ali, DNI N° 21.310.993, CUIT N° 20-21310993-7, de nacionalidad argentina, nacido el 25/05/1970, profesión: empresario, estado civil: casado en 1ras. nupcias, con Katherine Giselle Carratala, con domicilio en B° 238 viviendas Mza. 963 ciudad de San Ramón de Nueva Orán, provincia de Salta; José Dimas Ruiz, DNI N° 30.338.660, CUIT N° 20 -30338660-5, de nacionalidad argentina nacido el 15/05/83, profesión empresario, estado civil casado en primeras nupcias con Milagros María Ramírez, con domicilio en Belgrano Nº 434 de la ciudad de San Ramón de la Nueva Oran , provincia de Salta y Ramiro Sebastián Ortega, DNI N° 34.388.465, CUIT N° 20-34388465-7 de nacionalidad argentina, nacido el 27/01/1993, profesión empresario, estado civil casado en primeras nupcias con Romina Macarena Barrios, con domicilio en B° 402 viviendas Dpto. 10 Pb, ciudad de San Ramón de la nueva Orán.

Plazo de Duración: 30 años.

Objeto la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades, con exclusión de las limitaciones del art. 39 de la Ley 27.349: a) Prestación y explotación de servicios de radiodifusión: 1) Tiene por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina la prestación y explotación de servicios de radiodifusión, de acuerdo con los términos y previsiones legales sobre la materia, como así también del pliego de condiciones para la obtención de licencias de servicios complementarios de radiodifusión y pliego de bases y condiciones para la presentación a concurso como empresa oferente de estaciones de radio y televisión abierta, la explotación de circuitos cerrados comunitarios de televisión por cable, o canales abiertos o de aire, codificados, videos, cable visión, microondas o cualquier otro medio técnico creado o a crearse, antenas comunitarias de televisión, transmisión y retransmisión de imágenes y distribución de señales con modulación de frecuencia, todo ello de acuerdo con las normas legales que rijan la materia. A tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y efectuar todos los actos que no le sean prohibidos por las leyes o por este estatuto; 2) Cualquier tipo de servicio de telecomunicaciones y radiodifusión, entendiéndose por tales no sólo las estaciones de radiodifusión sonora, las de televisión y todos los servicios complementarios de radiodifusión contemplados en la actual legislación sean de antena comunitaria, circulito cerrado comunitario, mixto, satelitales y por vínculos físico o bandas de radiofrecuencia, sino también, servicios de telefonía en cualquiera de sus variantes, los denominados servicios Triple Play, Cuadruple Play, servicios de internet en sus distintas modalidades, y cualquier otra forma de transporte, distribución y comercialización de voz, video y datos, y todos los tipos de servicios que existan en el futuro; así como la provisión de señales y material de radiodifusión por satélite a distintos prestadores de servicios de radiodifusión de la república o extranjeros; b) Publicidad: a) Campañas publicitarias. Contratistas de publicidad, la creación, planeamiento, producción, difusión y administración de campañas de publicidad, propaganda, promoción, relaciones públicas y otras vinculadas con las mismas, pudiendo por mandato, comisión, representación o cualquier otra forma de intermediación, por cuenta de sus clientes preparar, contratar, negociar, alquilar y ocuparse en general como contratistas de publicidad, efectuando contrataciones en revistas, periódicos, folletos, radio, televisión, cine, vía pública y/o cualquier otro medio de difusión vinculados con la actividad de asesoramiento; b) Explotación por diversos medios de comunicación. Computación relacionada con la publicidad. Realizar por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: a) la publicidad de todo género, ya sea por radio, canales de televisión, cinematógrafos, diarios, revistas o vía pública, o cualquier otro medio apto a ese fin; b) la comercialización mediante la compraventa, consignación, representación de programas y/o espacios publicitarios de cualquier medio de difusión, así como de redes de computación relacionadas con la publicidad. c) Agencia de publicidad. Consultora de mercado Actuar como agencia de publicidad, en forma integral y en todos sus aspectos y modalidades, por medio de carteles luminosos, electrónicos, marquesinas, murales, gráficos, radiales, televisivos, cinematográficos; realizar programas de televisión y de radio. La explotación de espacios publicitarios. La prestación de servicios y asesoramiento empresario, artístico, comercial, industrial y de publicidad: actuar como consultora de compra, estudio de mercados y sus evaluaciones de ofertas; prestación de servicios y/o asesoramiento para promociones y publicidad, mediante el aporte de elementos y/o personal que fueren necesarios para dichos servicios: comisiones, consignaciones, representaciones e intermediación y mandatos. d)Fabricación y comercialización de carteles luminosos, fabricación, instalación, reparación, mantenimiento, compra, venta, importación, exportación, comisión, consignación, representación y distribución de materias primas para carteles luminosos, representación y distribución de carteles luminosos, señalizaciones, toldos y marquesinas.

Capital: $ 150.000, dividido por 150 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $ 1.000 y un voto cada una, suscriptas por Ramón Armando Ali, suscribe la cantidad de 50 acciones José Dimas Ruiz suscribe la cantidad de 50 acciones y Ramiro Sebastián Ortega, suscribe la cantidad de 50 acciones. El capital se integra en dinero en efectivo en un 100 %.

Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Administradores: Administrador Titular: José Dimas Ruiz, DNI N° 30.338.660 con domicilio especial en Lopez y Planes N° 800, San Ramon de la Nueva Orán, Provincia de Salta, Administrador Suplente Ramiro Sebastián Ortega, DNI N° 34.388.465 con domicilio especial en Lopez y Planes N° 800, San Ramón de la Nueva Orán, Provincia de Salta.

Fiscalización: la sociedad Fiscalización Prescinde de la Sindicatura.

Fecha del cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre.



Figueroa, JEFE DE PROGRAMA JURÍDICO - SUBSECRETARÍA DE INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS




F. N° 0011 - 00012118
Orden de Publicación: 100099091
Importe: $3.535,00
Fecha/s de publicación: 14/11/2022

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