RESOLUCIONES



SALTA, 11 de Noviembre de 2022

RESOLUCIÓN N° 855

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 16 - 21.350/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 80/22, para la contratación de la obra “RED DE SENDEROS 1: SENDEROS PAISAJE PROTEGIDO VALLE DE ACAMBUCO (AGUARAY) - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 183/184, mediante Resolución S.O.P. N° 455/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 20.093.199,94 (pesos veinte millones noventa y tres mil ciento noventa y nueve con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, con la modalidad de Ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 193/234, mediante Resolución N° 101/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 235 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 240 en el Boletín Oficial, a fs. 237 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 02 de Agosto de 2.022 (fs. 257/258), presenta su única oferta la empresa “IGLESIAS, LUCAS PEDRO”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 384/385, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 101/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar la oferta presentada por la empresa “IGLESIAS, LUCAS PEDRO” al observarse que el monto de su oferta excede la capacidad libre declarada en el Certificado de Inscripción (bajo Declaración Jurada de Capacidad Comprometida). En relación al requisito del art. 7° incisos. h) del Pliego de Condiciones Particulares cabe señalar que este deberá ser incorporado por la empresa que resulte adjudicataria, al momento de la firma del contrato. No obstante, de acuerdo al Anexo 1, punto 1), en carácter de declaración jurada, todos los oferentes expresan que conocen y aceptan los pliegos y demás documentación integrante de los mismos, y recomienda declarar fracasada;

Que a fs. 386/387, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presentara impugnación al mismo;

Que la firma oferente “IGLESIAS, LUCAS PEDRO”, presenta a fs. 396/397 una solicitud de prórroga por 48 hs. para la presentación del Certificado de Capacidad que se encontraba en trámite por ante la Unidad Central de Contrataciones, el cual resulta presentado a fs. 397 dentro de dicho término;

Que en consecuencia y sin perjuicio de lo expresado, a fs. 401/402 el Secretario de Obras Públicas, solicita una mejora de las condiciones de su oferta a la empresa preadjudicataria, en el marco de lo dispuesto por el artículo 13 , 5° y 6° párrafos de la Ley Nº 8.072, en consideración a que la oferta a valores de agosto de 2.022 resulta superior en un 54,24 % al presupuesto oficial a valores de noviembre de 2.021;

Que a fs. 404/439, la empresa “IGLESIAS, LUCAS PEDRO” presenta una mejora de su oferta adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputo y presupuesto y el análisis de precios correspondiente;

Que a fs. 440 y 446, rola el informe Técnico de la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, con el V°B° del Sr. Secretario de Obras Públicas, el cual manifiesta que la nueva oferta asciende a la suma de $ 27.892.448,20 (pesos veintisiete millones ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho con 20/100), superior al presupuesto Oficial Actualizado a junio de 2.022, en un 5,5 % y que analizados los criterios de adjudicación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares, recomienda la preadjudicación de la obra en cuestión a la firma “IGLESIAS, LUCAS PEDRO” por cumplir con los requerimientos técnicos necesarios, por ajustarse a las bases de la cotización y por resultar conveniente a los intereses del Estado;

Que a fs. 442/445, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Turismo y Deportes, realiza la imputación del gasto correspondiente y manifiesta que tramitará el refuerzo presupuestario a los fines de cubrir el monto de la obra;

Que a fs. 447/448, mediante Dictamen N° 469/22, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 449, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 162/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 80/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 455/22, para la ejecución de la obra “RED DE SENDEROS 1: SENDEROS PAISAJE PROTEGIDO VALLE DE ACAMBUCO (AGUARAY) - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 20.093.199,94 (pesos veinte millones noventa y tres mil ciento noventa y nueve con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.021, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “IGLESIAS, LUCAS PEDRO”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.07, adjudicar a la empresa “LUCAS PEDRO IGLESIAS”, CUIT N° 20-28096022-6, la ejecución de la obra “RED DE SENDEROS 1: SENDEROS PAISAJE PROTEGIDO VALLE DE ACAMBUCO (AGUARAY) - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 27.892.448,20 (pesos veintisiete millones ochocientos noventa y dos mil cuatrocientos cuarenta y ocho con 20/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos, ser la única oferta presentada y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “IGLESIAS, LUCAS PEDRO”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 19.166.015,01 al Curso de Acción: 041012000501 - Cta. Objeto: 123121 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con el Ministerio de Turismo y Deportes y la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00006706
Orden de Publicación: 100099284
Importe: $4.732,00
Fecha/s de publicación: 18/11/2022

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