AVISOS COMERCIALES



CONSULTORA ATLAS SA - RECONDUCCIÓN - MODIFICACIÓN DE CONTRATO



Mediante Acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 26 de julio de 2022, los accionistas resolvieron reconducir y reformar el estatuto de la sociedad. Como consecuencia queda modificado en su Cláusula - artículo primero, artículo segundo, artículo tercero, artículo octavo, y artículo noveno del estatuto social de la siguiente manera: Artículo Primero: la sociedad se denominará CONSULTORA ATLAS SOCIEDAD ANÓNIMA fijándose su domicilio legal en jurisdicción de la provincia de Salta, pudiendo por resolución del directorio instalar sucursales o agencias y constituir domicilios especiales en cualquier lugar del país o del exterior. Artículo Segundo: la sociedad ha sido reconducida en los términos del artículo 166 del Código Civil y Comercial y su duración será de 99 años contados a partir del día 15 de noviembre de 2021, fecha de vencimiento de la sociedad reconducida. Su disolución anticipada o su prórroga podrá decidirse mediante el pronunciamiento de una Asamblea General Extraordinaria convocada y celebrada al efecto de acuerdo a las normas vigentes. Artículo Tercero: la sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia de terceros o asociada a terceros, a: 1) La prestación de servicios de asesoramiento y consultoría, para lo cual podrá administrar, gestionar, representar, organizar, publicitar y suministrar bienes y/o servicios humanos, físicos y/o tecnológicos destinados a la planificación, programación, preparación, realización y ejecución de servicios profesionales, artes y oficios, prestados por personas habilitadas e inscriptas en sus respectivas matrículas cuando las normas legales así lo requieran, en cuyo caso los profesionales actuarán en uso de sus propios títulos, especialidades, firmas y matrículas en todo lo atinente a sus incumbencias. 2) La administración de inmuebles y consorcios, alquiler de equipos y sistemas de computación, de automóviles, vehículos y maquinarias en el territorio de la República Argentina. A tal efecto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos por las leyes y por este estatuto. Artículo Octavo: la sociedad será administrada por un directorio compuesto del número de miembros que decida la Asamblea General Ordinaria de Accionistas, entre un mínimo de tres y hasta un máximo de siete titulares e igual número de suplentes. El directorio en su primera reunión elegirá entre sus miembros un presidente y un vicepresidente y este último reemplazará al primero en caso de ausencia, impedimento o excusación. El directorio se reunirá por lo menos una vez cada tres meses y funcionará con la mayoría absoluta de sus miembros y resolverá las cuestiones por mayoría absoluta de presentes. Sus resoluciones se transcribirán en un libro de Actas llevado al efecto. La representación social estará a cargo del presidente o del vicepresidente en caso de ausencia o vacancia. El uso de la firma social estará a cargo del presidente. Artículo Noveno: los directores durarán en su cargo tres Ejercicios, debiendo permanecer en el mismo hasta ser reemplazados. El directorio puede ser reelegido y su designación es revocable exclusivamente por la Asamblea. Las cesaciones y nuevas designaciones deben ser publicadas e inscriptas.



Figueroa, JEFE DE PROGRAMA JURÍDICO - SUBSECRETARÍA DE INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS




F. N° 0011 - 00012218
Orden de Publicación: 100099292
Importe: $1.575,00
Fecha/s de publicación: 22/11/2022

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