SALTA, 29 de Diciembre de 2022
DISPOSICIÓN N° 169/22
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS ENERGÉTICOS Y MINEROS
Expte. N° 0110328-52802-0 y agregados
VISTO la contratación que tramita en el expediente de referencia; y,
CONSIDERANDO:
Que las citadas actuaciones se inician a los fines de llevar a cabo la adquisición de indumentaria y equipamiento de trabajo para agentes que realizan inspecciones a campo de la Dirección General de Recursos Energéticos y Mineros;
Que previa intervención de los organismos competentes, se invitó a cotizar a proveedores del rubro, efectuándose la publicación del llamado a Adjudicación Simple N° 01/22 en la página de compras y contrataciones del Gobierno de la Provincia con la debida antelación, conforme constancias de fs. 58/60;
Que a fs. 61 se incorpora el Acta de Apertura de Sobres de donde surge que no se presentó ninguna oferta a la convocatoria, procediéndose a declarar desierta la contratación en curso;
Que, ante este supuesto, la segunda parte del artículo 14 de la Ley N° 8072 prevé: “Art. 14.- Adjudicación Simple: Cuando el procedimiento mencionado precedentemente no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones ”;
Que a fs. 66 obra Informe Precio Testigo N° 222/22 emitido por la Unidad Central de Contrataciones;
Que se solicitó presupuestos a diversos proveedores del rubro, obteniéndose ofertas de tres (3) firmas, las que constan a fs. 70 a 76;
Que a fs. 77 el Subprograma Administrativo de esta Dirección General, emite informe recomendando se adjudique la oferta presentada por la empresa PAMPENORTE S.R.L., que cumple con los criterios de calidad solicitados y cuyo precio no excede el cinco por ciento (5 %) del precio testigo informado por la Unidad Central de Contrataciones;
Que a fs. 80 se agrega Dictamen N° 15/22 concluyendo que el procedimiento de contratación realizado se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo a la Ley N° 8072 y su Decreto reglamentario N° 1319/18, el cual no ha logrado su finalidad dado que no se presentó ninguna oferta a la convocatoria;
Que a fs. 89/90 se incorpora volante de imputación preventiva del gasto por $ 198.690,00 (pesos ciento noventa y ocho mil seiscientos noventa con 00/100) y Planilla N° 2 Programación de contratación 2022 del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;
Que a fs. 92/93 la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Economía y Servicios Públicos ha tomado la intervención correspondiente mediante Informe N° 452/22;
Que conforme a lo establecido por Resolucion N° 102D/22 del citado Ministerio, previo informe de la Oficina Provincial de Presupuesto (fs. 96/98), la Secretaría de Finanzas autoriza la erogación correspondiente (fs. 99);
Que a fs. 102-103 obra el Certificado Oficial de Inscripción en el Registro General de Contratistas del Estado Provincial y Constancia de Regularización Fiscal (F500) de la firma PAMPENORTE SRL, como así también la documentación que acredita el cumplimiento de los restantes requisitos exigidos a fs. 93;
Que conforme consta a fs. 101, se requiere a esta Dirección General proceda a aprobar la presente contratación directa mediante el instrumento legal pertinente, por ser Unidad Operativa de Compras;
Por ello, en el marco de lo dispuesto por los artículos 7 y 14 de la Ley N° 8072 y concordantes del Decreto N° 1.319/18;
EL DIRECTOR GENERAL DE
RECURSOS ENERGÉTICOS Y MINEROS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°: Declarar desierta la Adjudicación Simple N° 01/22 para la adquisición de indumentaria y equipamiento de trabajo para el personal de la Dirección General de Recursos Energéticos y Mineros por falta de presentación de ofertas.
ARTÍCULO 2°: Aprobar el procedimiento administrativo correspondiente a la Contratación Directa llevada a cabo para la adquisición de indumentaria y equipamiento de trabajo para el personal de la Dirección General de Recursos Energéticos y Mineros, en el marco de lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Ley N° 8.072, y adjudicar la misma a la firma “PAMPENORTE S.R.L, por la suma total de pesos $ 198.690 (pesos ciento noventa y ocho mil seiscientos noventa con 00/100).
ARTÍCULO 2°: La erogación resultante de lo dispuesto precedentemente deberá imputarse al curso de acción 551006000100 cuenta 412000 del Ejercicio 2022.
ARTÍCULO 3°: Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Madariaga