CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



ESTUDIO NC SRL



Por instrumento privado de fecha 29-08-2022 y su posterior addenda de fecha 18-11-2022 se constituyó la sociedad denominada ESTUDIO NC SRL, con domicilio en la jurisdicción de la provincia de Salta, y sede social en manzana C, casa 4, del barrio Universidad Católica de ésta ciudad.

Socios: Natalia Ruiz, argentina, nacida el 11-06-1972, de 49 años de edad, DNI N° 22.877.052, CUIT N° 27-22877052-9, estado civil divorciada de primeras nupcias de Santiago Alejandro Lazovski, conforme lo ordenado en autos caratulados "LAZOVSKI, SANTIAGO ALEJANDRO - RUIZ, NATALIA S/DIVORCIO POR PRESENTACIÓN CONJUNTA - EXPTE. N° 1-056939/02" que tramito ante el Juzgado en lo Civil de Personas y Familia 2a Nominación, profesión abogada, con domicilio en manzana C, casa 4, del barrio Universidad Católica, de esta ciudad; y Constanza Astudillo, argentina, nacida el 05-11-1997, de 24 años de edad, DNI N° 40.697.605, CUIT N° 27-40697605-5, de estado civil soltera, de profesión estudiante universitaria, con domicilio en avenida Belgrano N° 4500, block 3, departamento N° 127, de la ciudad de San Miguel de Tucumán, provincia de Tucumán;

Plazo de Duración: 50 años a partir de suscripción del contrato constitutivo.

Objeto: la sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República o del extranjero a las siguientes actividades: a) Prestación de servicios de asesoramiento jurídico integral y consultoría en general por cuenta propia o ajena o asociada a terceros al estado nacional, provincial o municipal, a empresas; personas jurídicas de derecho público no estatal y personas físicas; b) Prestación de servicios de asesoramiento arquitectónico integral y consultoría en general por cuenta propia o ajena o asociada a terceros en relación a proyectos, diseños, dirección de obra y remodelación construcción de inmuebles en general al estado nacional, provincial o municipal, a empresas; personas jurídicas de derecho público no estatal y personas físicas; c) Prestación de servicios y asesoramiento integral, asistencia, representación e instrumentación de acuerdos o documentos, por cuenta propia o ajena o asociada a terceros, a empresas y personas físicas en cuanto requieran la aplicación de métodos alternativos de resolución de conflictos, facilitando las prácticas de mediación, negociación y arbitraje, entre otras reconocidas por la normativa vigente; d) Inmobiliaria: compra-venta, permuta, locación y arrendamiento de inmuebles, urbanos o rurales, y servicios integrales de operaciones inmobiliarias incluyendo la subdivisión de inmuebles bajo el régimen de propiedad horizontal, el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a viviendas, urbanizaciones, clubes de campo, barrios cerrados, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejercer todos los actos que no sean prohibidos o incompatibles por las leyes o por este estatuto; e) Desarrollo de actividad Fiduciaria la sociedad podrá ser parte en contratos de fideicomisos ordinarios o financieros, públicos o privados, en cualquiera de los roles admitidos por la ley de modo titular o sustituto en cualquier modalidad típica o no; con lugar de celebración y/o ejecución dentro y fuera de la República. f) Prestación de servicios de la actividad financiera por cuenta propia o mediante el otorgamiento de préstamos o aporte de inversiones de capital a particulares o sociedades por acciones, realizar sesiones de créditos, compra venta, financiaciones y operaciones de crédito en general, con o sin las garantías previstas en la legislación vigente, pudiendo realizar operaciones financieras en general; realizar inversiones y todas aquellas operaciones que resulten compatibles con su objeto principal, como así también ejercer mandatos o representaciones y llevar adelante la administración de bienes, sociedades y entidades en el país o en el extranjero y podrá actuar como mandataria o fiduciaria. Dejándose expresamente establecido que las actividades antes mencionadas se encuentran excluidas de las previstas por la Ley N° 21.526 (Ley de Entidades Financieras). La totalidad de los servicios descriptos serán prestados atendiendo especialmente a las normas legales y de todo otro orden que disponen respecto del ejercicio profesional en las distintas materias y disciplinas atendiendo a lo previsto en la normativa de fuero local, federal y lo dispuesto por los códigos de ética profesional de cada especialidad.

Capital Social: el capital social se fija en la suma de $ 600.000, dividido en seiscientas (600) cuotas sociales de $ 1.000 valor nominal cada una; que los socios suscriben en la siguiente proporción: la señora Natalia Ruiz, suscribe 570 cuotas sociales equivalentes a $ 570.000 y la señora Constanza Astudillo, suscribe 30 cuotas sociales equivalente a $ 30.000. En este acto de constitución, las socias integran el veinticinco por ciento (25 %) del total de las cuotas sociales en dinero en efectivo. Los socios se comprometen a integrar el saldo restante dentro del plazo de dos años contados a partir de la fecha de constitución. Se conviene que el capital se podrá incrementar cuando el giro comercial así lo requiera.

Administración y Representación Legal: la administración y representación legal y uso de la firma social estará a cargo del o los gerentes, socios o no, cuyo número y designación estará a cargo de la reunión de socios, entre un mínimo de 1 y un máximo de 5, con actuación indistinta para el caso de que fuese más de un gerente, siendo la duración del cargo por el término de 3 ejercicios y pudiendo ser reelegidos indefinidamente. La reunión de socios designará los suplentes para reemplazar a los gerentes en caso de ausencia, renuncia, fallecimiento, incapacidad u otro impedimento, el suplente actuará por orden de designación. Designación de Cargos: se designa a la señora Natalia Ruiz como gerente de la sociedad, cuyos datos personales se consignaron en el comienzo de este contrato y se dan por reproducidos en este lugar, quienes aceptan tal designación. Las gerentes fijan su domicilio a los efectos de sus funciones en manzana C, casa 4, del barrio Universidad Católica de ésta ciudad, y prestan la garantía de $ 10.000, depositando dicha suma en la sede social.

Fiscalización: se prescinde del órgano de fiscalización.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de mayo de cada año.



Figueroa,
JEFE DE PROGRAMA JURÍDICO - SUBSECRETARÍA DE INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS




F. N° 0011 - 00012850
Orden de Publicación: 100100691
Importe: $5.060,00
Fecha/s de publicación: 12/01/2023

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