RESOLUCIONES



SALTA, 13 de Enero de 2023

RESOLUCIÓN N° 47

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 207.100/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 99/22, para la contratación de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO N° 5.098 - J.V. GONZÁLEZ - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 67/68, mediante Resolución S.O.P. N° 768/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 21.917.881,33 (pesos veintiún millones novecientos diecisiete mil ochocientos ochenta y uno con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 73/105, mediante Resolución N° 127/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 111 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en el Boletín Oficial, en un diario de circulación local a fs. 112 y, a fs. 113 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 15 de Noviembre de 2.022 (fs. 126/128), presentaron sus ofertas 5 (cinco) empresas: “ROFER S.R.L.”, “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “RODRÍGUEZ LÓPEZ, HERNAN ESTEBAN” “LÓPEZ MARIO ALFREDO RODOLFO (UNIPERSONAL)” y “SIMA DEL NORTE S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 572/575, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 127/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas: “ROFER S.R.L.”, por presentar recibo de compra de Pliego con fecha de 14 Noviembre, siendo fecha tope para la compra el día 9 de Noviembre de 2.022 de Pliego, y "SIMA DEL NORTE S.R.L.", ya que presenta recibo de compra de pliego con fecha de 10 de noviembre, siendo fecha tope para la comprael día 9 de noviembre de 2.022  de acuerdo a lo especificado en el Artículo 5° del Pliego de Condiciones Particulares respectivamente, y recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “RODRÍGUEZ LÓPEZ, HERNAN ESTEBAN” y “LÓPEZ MARIO ALFREDO RODOLFO (UNIPERSONAL)”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, se ajustan a los requerimientos técnicos constructivos exigidos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, cumplen con las planillas de Datos Garantizados completas y con respaldo de folletería, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a sus cotizaciones de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “LÓPEZ MARIO ALFREDO RODOLFO (UNIPERSONAL)”, en la suma de $ 22.256.100,47 (pesos veintidós millones doscientos cincuenta y seis mil cien con 47/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, que representa un 17,11 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 576/585, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 589, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto de correspondiente;

Que a fs. 590/591, mediante Dictamen N° 642/22, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaria de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 592, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 177/22;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 99/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 768/22, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO N° 5.098 - J.V. GONZÁLEZ - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 21.917.881,33 (pesos veintiún millones novecientos diecisiete mil ochocientos ochenta y uno con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas presentadas por las empresas “ROFER S.R.L.” y “SIMA DEL NORTE S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “LÓPEZ MARIO ALFREDO RODOLFO (UNIPERSONAL)”, “RODRÍGUEZ LÓPEZ, HERNÁN ESTEBAN” y “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ése orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “LÓPEZ MARIO ALFREDO RODOLFO (UNIPERSONAL)”, CUIT N° 20-12959474-9, la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO N° 5.098 - J.V. GONZÁLEZ - DPTO. ANTA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 22.256.100,47 (pesos veintidós millones doscientos cincuenta y seis mil cien con 47/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento cincuenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “LÓPEZ MARIO ALFREDO RODOLFO (UNIPERSONAL)”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 4.451.220,10 al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00007218
Orden de Publicación: 100100837
Importe: $7,761.00
Fecha/s de publicación: 19/01/2023

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