RESOLUCIONES



SALTA, 12 de Enero de 2023

RESOLUCIÓN N° 24

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 321 - 172.221/21 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 104/22, para la contratación de la obra “READECUACIÓN ELÉCTRICA DEL 2° BLOCK DEL CENTRO CÍVICO GRAND BORG - ALA ESTE Y ALA OESTE - MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 53/54, mediante Resolución S.O.P. N° 876/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 22.338.018,83 (pesos veintidós millones trescientos treinta y ocho mil dieciocho con 83/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 56/75, mediante Resolución N° 134/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 92 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 93 en el Boletín Oficial, a fs. 94 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 19 de Diciembre de 2.022 (fs. 104/105), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “INTECO S.R.L.”, e “INGEVEC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 258/259, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 134/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda desestimar a la oferta presentada por la empresa “INGEVEC INGENIERíA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, al observarse en su Análisis de Precios que cotiza por debajo de los precios de mano de obra vigente a fecha del acto de apertura (Noviembre/22), incumpliendo lo solicitado en el artículo 11 del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada por la empresa “INTECO S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, se ajusta a los requerimientos técnicos constructivos, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, su planilla de Datos Garantizados resulta correcta respaldada con folletería, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y su equipamiento es suficiente, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a su cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “INTECO S.R.L.”, en la suma de $ 32.471.639,52 (pesos treinta y dos millones cuatrocientos setenta y un mil seiscientos treinta y nueve con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, que representa un 4,52 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 254/257, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 271, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto de correspondiente;

Que a fs. 272/273, mediante Dictamen N° 37/23, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaria de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 274, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 02/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 104/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 876/22, para la ejecución de la obra “READECUACIÓN ELÉCTRICA DEL 2° BLOCK DEL CENTRO CÍVICO GRAND BORG - ALA ESTE Y ALA OESTE - MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA - SALTA - CAPITAL”, con un presupuesto oficial de $ 22.338.018,83 (pesos veintidós millones trescientos treinta y ocho mil dieciocho con 83/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisible a la oferta de la empresa “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “INTECO S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “INTECO S.R.L.”, CUIT N° 30-70829695-9, la ejecución de la obra “READECUACIÓN ELÉCTRICA DEL 2° BLOCK DEL CENTRO CÍVICO GRAND BORG - ALA ESTE Y ALA OESTE - MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA - SALTA - CAPITAL”, por un monto de $ 32.471.639,52 (pesos treinta y dos millones cuatrocientos setenta y un mil seiscientos treinta y nueve con 52/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 60 (sesenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “INTECO S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 6.494.327,91 al Curso de Acción: 092005000803 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 943 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00007218
Orden de Publicación: 100100838
Importe: $3,553.00
Fecha/s de publicación: 19/01/2023

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