AVISOS COMERCIALES



EL SOLITARIO DE ROSARIO DE LERMA SRL - INSCRIPCIÓN DE GERENTE - MODIFICACIÓN DE CONTRATO



Mediante Acta de reunión de socios de fecha 03 de agosto de 2.022 los socios resolvieron renovar las autoridades de la gerencia, en la cual se manifiesta la voluntad de renuncia del socio gerente Sr. Cristian Nicolás Ramos, DNI N° 31.371.642 y designación del nuevo gerente por el periodo que dure el estatuto social quedando establecido de la siguiente manera: Se resuelve nombrar socio gerente al Sr. Cesar Eduardo Daniel Vázquez, DNI N° 36.815.286, CUIT Nº 20-36815286-3, quien acepta el cargo, fijando domicilio especial en B° 2 de Mayo, manzana D, casa 16 de la localidad de Rosario de Lerma, provincia de Salta, República Argentina.

Se resuelve además reformar el estatuto de la sociedad, como consecuencia queda modificado el artículo 5, el cual quedara redactado del siguiente modo: "ARTÍCULO 5:" La Dirección y Administración estará a cargo de un socio Gerente, quien actuara en representación de la sociedad. La firma solo podrá obligarse en operaciones que se relacionen con el giro social, quedando prohibida comprometerla en especulaciones extrañas, en fianza a favor de terceros. Para los fines sociales el Gerente en la forma indicada precedentemente podrá; a) Operar con toda clase de Bancos sean oficiales, mixtos o privados y/o cualquier otra clase de entidad o institución crediticia o financiera o de cualquier índole, b) Otorgar poderes generales y especiales a favor de cualquiera de los Socios o terceras personas para presentarles en todos los asuntos judiciales y/o administrativos de cualquier fuero o jurisdicción que ellos fuere, c) Tomar dinero en préstamo garantizado o no con derechos reales, aceptar prendas agrarias o constituirlas y cancelarlas, adquirir o ceder créditos, comprar y vender mercaderías y productos, derechos y acciones, permutar, dar y recibir en pago, cobrar y recibir; efectuar pagos, transacciones y celebrar contratos de locación y rescindirlos y cualquier contrato de cualquier naturaleza; d) Realizar todos los actos previstos en el artículo mil ochocientos ochenta y uno del Código Civil y artículo noveno del Decreto Ley Nº 5965/63 que se dan por reproducidos haciéndose constar que la precedente reseña no es limitativa de la capacidad de la Sociedad sino meramente enunciativa. La Sociedad podrá ser representada por el socio gerente en forma personal y ante las reparticiones Nacionales, Provinciales o Municipales, incluso Dirección General Impositiva, Registro de Créditos Prendarios, Tribunales de toda Índole y ante cualquier repartición creado o a crearse”.



Figueroa, JEFE DE PROGRAMA JURÍDICO - SUBSECRETARÍA DE INSPECCIÓN GENERAL DE PERSONAS JURÍDICAS




F. N° 0011 - 00012930
Orden de Publicación: 100100889
Importe: $1.925,00
Fecha/s de publicación: 23/01/2023

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