AVISOS GENERALES



SALTA, 12 de Diciembre de 2022

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3.700

VISTO:

La aprobación de la Interpretación Nº 16 - de Normas de Contabilidad y Auditoría, sobre la “Caracterización de los Servicios que Implican la Emisión de Informes Especiales e Informes de Cumplimiento incluidos en la Sección VII.C y el Capítulo VIII de la Resolución Técnica N° 37, Modificada por la Resolución Técnica N° 53” del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas; y

CONSIDERANDO:

Que es atribución de los Consejos ordenar el ejercicio de la profesión de ciencias económicas dictando para ello las medidas y disposiciones de todo orden que resultan necesarias o convenientes para el mejor desenvolvimiento de la misma;

Que entre dichas medidas se incluyen las normas técnicas a las que deberán ajustarse los matriculados dentro de las respectivas jurisdicciones;

Que en la reunión de la Junta de Gobierno de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas realizada en Puerto Madryn, Chubut, el 23 de septiembre de 2022, en la que se analizó y aprobó la Interpretación referida, este Consejo votó favorablemente;

POR TODO ELLO:

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: Considerar como Normas Profesionales reconocidas por este Consejo, las contenidas en la Interpretación Nº 16 - de Normas de Contabilidad y Auditoría, sobre la “Caracterización de los Servicios que Implican la Emisión de Informes Especiales e Informes de Cumplimiento incluidos en la Sección VII.C y el Capítulo VIII de la Resolución Técnica N° 37, Modificada por la Resolución Técnica N° 53, del Consejo Elaborador de Normas de Contabilidad y Auditoría (CENCyA) por parte de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, las que se consideran parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2º: Disponer, que las normas de la Interpretación Nº 16 tendrán vigencia desde el día 1 de enero de 2023.

ARTÍCULO 3º: Comunicar a los matriculados, a la Inspección General de Personas Jurídicas de Salta, al Registro Público de Comercio, a la Agencia Salta de la Dirección General Impositiva, a la Dirección General de Rentas de la Provincia, a la Dirección General de Rentas Municipal, a la Facultad de Ciencias Económicas, Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional de Salta, a la Facultad de Economía y Administración de la Universidad Católica de Salta, a las Cámaras Empresarias, entidades financieras, publicar en el Boletín Oficial de la Provincia, copiar y archivar.



Cr. Juan Pablo López López, PRESIDENTE - Cr. Enrique Horacio Calderón, PROSECRETARIO




F. N° 0011 - 00012724
Orden de Publicación: 100100397
Importe: $1.190,00
Fecha/s de publicación: 29/12/2022

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