RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 14 de Febrero de 2023



RESOLUCIÓN N° 0023 - D/2023

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA



VISTO los pedidos formulados por las asociaciones de prestadores de salud de la Provincia de Salta para la recomposición del valor del BONO CONSULTA y el Acuerdo Salarial para el personal de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Provincial ha acordado la adecuación salarial de los distintos sectores de la Administración Pública Provincial; mediante acuerdo salarial del que surge un incremento del 6,5 % para el mes de enero del corriente año;

Que las proyecciones económicas realizadas a fin de establecer el punto de equilibrio de gastos y calidad prestacional para los afiliados y beneficiarios del sistema que administra el Instituto Provincial de Salud de Salta, permiten planificar prestaciones equitativamente integrales, basadas en parámetros financieros y técnicos adecuados;

Que Gerencia Administrativa procedió a elaborar el informe técnico financiero pertinente, que cuenta con la aprobación de la Sra. Presidente del Directorio;

Que existe disponibilidad presupuestaria para hacer frente al gasto que demande la presente;

POR ELLO y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 7127;

EL DIRECTORIO DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- ESTABLECER, con vigencia a partir del 1o de febrero de 2.023, el valor del BONO CONSULTA en la suma de PESOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SIETE CON 38/100 ($ 1.947,38).

ARTÍCULO 2°.- Los valores indicados en los artículos precedentes regirán también, con igual vigencia, para los Bonos de Consultas ODONTOLÓGICAS, PSICOLÓGICAS y de NUTRICIÓN.

ARTÍCULO 3°.- DEJAR ESTABLECIDO que el monto de copago del afiliado sobre el BONO CONSULTA será de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 480,00) para los titulares y beneficiarios del Sector Activo y de PESOS TRESCIENTOS SETENTA ($ 370,00) para los pertenecientes al Sector Pasivo, jubilados y pensionados.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Ejercicio Presupuestario 2023.

ARTÍCULO 5°.- Notificar, efectuar las comunicaciones pertinentes, publicar en el Boletín Oficial, insertar en el Libro de Resoluciones y ARCHIVAR.



Sanchez - Herrera - Vicente




F. N° 0011 - 00013269
Orden de Publicación: 100101565
Importe: $1.650,00
Fecha/s de publicación: 22/02/2023

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