RESOLUCIONES



SALTA, 22 de Febrero de 2023

RESOLUCIÓN N° 160

MINISTERIO DE GOBIERNO, DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

Expediente N° 0030041-189938/2022-4.-

VISTO
la Resolución N° 1.277/2022 de esta cartera Ministerial; y,

CONSIDERANDO:

Que por el mencionado instrumento se aprobó el proceso selectivo de Contratación Abreviada N° 235/2022 llevado a cabo por la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones de la Provincia para la adquisición de dos vehículos para uso oficial destinados a este Ministerio y se adjudicó a Conde Automotores SRL (Of. Alt. 1 y Alt. 2) por el importe total de $ 24.270.000,00 (Pesos veinticuatro millones doscientos setenta mil con 00/100), en razón de ser el menor precio cotizado y ajustarse a lo solicitado;

Que por dicho procedimiento el adjudicatario se comprometió a entregar  una camioneta Nissan Frontier 2.3D 4x4 CDPR04X AT L22 y una camioneta Renault Alaskan 2.3 TDI 4x4 Confort L20;

Que a la fecha de la presente los vehículos se encuentran abonados en su totalidad y no fueron entregados a pesar de la intimación cursada;

Que, atento la situación planteada, corresponde rescindir el vínculo contractual con Conde Automotores SRL, aplicar las penalidades establecidas en el artículo 6 del Pliego de Condiciones Generales y, conforme lo establecido en la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/2018, poner en conocimiento de la Unidad Central de Contrataciones y la Secretaría de Procedimiento de Contrataciones la situación planteada a fin de la intervención que les compete como Órganos Rectores del Sistema de Contrataciones;

Que el Pliego de Condiciones Generales dispone en su artículo 6, inciso A).1 que: “Se podrá aplicar una multa del 0,5 % del valor de los bienes no entregados o entregados fuera de término por cada diez (10) días hábiles de atraso o fracción mayor de cinco (5) días hábiles”, y, en el inciso C): “En caso de rescisión contractual por causa atribuible al adjudicatario, se hará efectiva la garantía de la adjudicación, sin perjuicio de la aplicación de la multa prevista respecto a los productos cuyo plazo de entrega se encontrare vencido”;

Que el Decreto N° 1.319/2018, reglamentario de la Ley N° 8.072 -Sistema de Contrataciones-, dispone en su artículo 45 lo siguiente: “Garantías. 1) Para garantizar el cumplimiento de todas sus obligaciones,... los adjudicatarios deberán constituir las siguientes garantías: b) De la adjudicación: El diez por ciento (10 %) del valor total del monto adjudicado a cada oferente...”',

Que además y ante la posible comisión de un delito penal y obtener la devolución del dinero entregado con más los intereses correspondientes, se deben girar las actuaciones a Fiscalía de Estado en virtud de lo establecido en la Ley N° 6.831;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete;

Por ello,

EL MINISTRO DE GOBIERNO,

DERECHOS HUMANOS Y TRABAJO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Rescindir el vínculo contractual con Conde Automotores SRL por los argumentos vertidos en los Considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Intimar a Conde Automotores SRL la restitución del dinero oportunamente abonado, que asciende a la suma de $ 24.270.000,00 (Pesos veinticuatro millones doscientos setenta mil con 00/100) con más los intereses que correspondan.

ARTÍCULO 3°.- Disponer la aplicación de las sanciones establecidas en el artículo 6 del Pliego de Condiciones Generales, inciso A). 1 por la suma de $ 606.750,00 (Pesos seiscientos seis mil setecientos cincuenta con 00/100); y la del inciso C) por la suma de $ 2.427.000,00 (Pesos dos millones cuatrocientos veintisiete mil con 00/100), con más los intereses que correspondan hasta la efectiva devolución del dinero abonado, los que podrán ser devengados y retenidos de cualquier crédito que Conde Automotores SRL tenga pendiente de cobro con el Estado Provincial como deudor la suma de dinero prevista, cualquiera fuera la causa de este crédito, e independientemente del ministerio al que pertenezca.

ARTÍCULO 4°.- Notificar, a los fines del artículo anterior, a Tesorería General de la Provincia de Salta y a los Servicios Administrativos Financieros de todos los Ministerios la presente Resolución.

ARTÍCULO 5°.- Notificar a la Unidad Central de Contrataciones y a la Secretaría de Procedimientos de Contrataciones -Órganos Rectores del Sistema de Contrataciones- y a la Subsecretaría del Parque Automotor del Gobierno de la Provincia de Salta la presente Resolución para la intervención que les compete.

ARTÍCULO 6°.- Girar las actuaciones a Fiscalía de Estado para su conocimiento e intervención.

ARTÍCULO 7°.- Comunicar, registrar, notificar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Villada




F. V/C N° 0012 - 00007502
Orden de Publicación: 100101936
Importe: $3.245,00
Fecha/s de publicación: 07/03/2023

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