RESOLUCIONES



SALTA, 27 de Enero de 2023

RESOLUCIÓN Nº 13

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 125 - 166.652/21- 0 y agregados.

VISTO la Resolución N° 72/22 del Ministerio de Infraestructura; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado, se declara fracasado el procedimiento de Licitación Pública N° 72/22 para la ejecución de la obra “FINALIZACIÓN DE LA OBRA ACUEDUCTO YACUY - TARTAGAL - ESTACIÓN BOMBEO, CISTERNA DE RESERVA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 331.225.520,75 (pesos trescientos treinta y un millones doscientos veinticinco mil quinientos veinte con 75/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Enero de 2.022, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, a realizar el segundo llamado a Licitación Pública para contratar la obra, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. b) de la Ley N° 8.072 y del artículo 18 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 751/840, mediante Resolución N° 129/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el segundo Llamado a Licitación Pública para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 849, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Licitación Pública en un diario de circulación local y a fs. 847 y vta. en el Boletín Oficial, a fs. 850 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que en ese marco a fs. 852, se efectuaron las invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres N° 25/22, de fecha 02 de Diciembre de 2.022 (fs. 870/871), presenta su única oferta la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 1036/1037, rola un primer informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 129/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual entiende que la oferta de la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, cotiza valores superiores a los previstos en el presupuesto oficial, por lo que se requiere una mejora en las condiciones de su oferta en el marco de lo dispuesto por el artículo 13, quinto y sexto párrafos de la Ley N° 8072;

Que a fs. 1040/1135 la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.” presenta una mejora de su oferta, adjuntando un nuevo formulario de propuesta, la planilla de cómputos y presupuesto, análisis de precios y soporte magnético correspondiente;

Que a fs. 1136/1138, la Comisión Evaluadora realiza un segundo informe en el cual recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, a la oferta presentada, pasando al análisis de os criterios de adjudicación dispuestos en el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto la Comisión Evaluadora entiende que la empresa admitida cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, su planilla de datos garantizados completa respecto a las calidades y durabilidad requeridos, su plan de trabajos y la metodología coherentes, su equipamiento suficiente y respeta los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la mano de obra cotizada;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, en la suma de $ 786.848.456,16 (pesos setecientos ochenta y seis millones ochocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y seis con 16/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, que representa un 23,89 % superior al presupuesto oficial actualizado a valores de noviembre de 2.022 (y según Informe de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P. de fs. 1.144, de un 17, 56% respecto a diciembre de 2.022), con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 1139/1140, rola la constancia de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 1145, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 1146/1147, mediante Dictamen N° 83/23, rola la intervención de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 1148, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 10/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. b) de la Ley N° 8072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 18 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Licitación Pública N° 25/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 72/22, para la ejecución de la obra “FINALIZACIÓN DE LA OBRA ACUEDUCTO YACUY - TARTAGAL - ESTACIÓN BOMBEO, CISTERNA DE RESERVA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 597.241.695,96 (pesos quinientos noventa y siete millones doscientos cuarenta y un mil seiscientos noventa y cinco con 96/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. b) de la Ley N° 8072 , adjudicar a la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, CUIT N° 30-71137270-5, la ejecución de la obra “FINALIZACIÓN DE LA OBRA ACUEDUCTO YACUY - TARTAGAL - ESTACIÓN BOMBEO, CISTERNA DE RESERVA Y OBRAS COMPLEMENTARIAS - DPTO. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 786.848.456,16 (pesos setecientos ochenta y seis millones ochocientos cuarenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y seis con 16/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “JUAN PEDRO GARIN CONSTRUCCIONES S.A.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 236.054.536,85 al Curso de Acción: 092038002801 - Financiamiento: Libre Disp. (10011) - Proyecto: 893 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.022.

ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




F. V/C N° 0012 - 00007309
Orden de Publicación: 100101153
Importe: $7,612.00
Fecha/s de publicación: 03/02/2023

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