NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS



AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE A LOPEZ SERGIO ARNALDO  EXPTE. Nº 238-68373/2022.



La Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, hace saber que en los autos de referencia, se ha dispuesto notificar a LOPEZ, SERGIO ARNALDO, D.N.I. N° 24817780, lo resuelto por Resolución AMT N° 11/23, de fecha 05 de enero de 2023, que establece lo siguiente: "Y VISTO: El Expediente N° 238-68373/2022: "DIRECCIÓN DE SEGURIDAD VIAL - Acta de Comprobación N° E 13812 dominio AA633FQ TAXI con retención"; la Ley N° 7.322, la Resolución A.M.T. N° 170/18, el Acta de Directorio N° 01/2023, y; CONSIDERANDO:.... EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE RESUELVE: ARTÍCULO 1º: RECHAZAR la solicitud de pago voluntario efectuada por el Sr./a. MORALES, SERGIO EDUARDO, DNI. N° 13701942, titular de la Licencia de TAXI Nº 622, en los términos de lo dispuesto en el art. 24 in fine de la Resolución A.M.T. N° 170/18 (Régimen de Penalidades y Tratamiento de Sanciones al Transporte Automotor de Pasajeros en la Región Metropolitana de Salta), ello por los motivos expuestos en los considerandos de la presente Resolución. ARTÍCULO 2º: APLICAR al Sr./a. MORALES, SERGIO EDUARDO, DNI. N° 13701942, titular de la Licencia de TAXI N° 622, una multa a favor de la AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE consistente en 10 (diez) Unidades de Sanción (US), es decir la suma de $ 62.500,00 (pesos sesenta y dos mil quinientos con 00/100) por trasgresión a lo dispuesto en el art. 15 inc. 5 del anexo I de la Resolución A.M.T. N° 170/18 (prestar el servicio de TAXI en estado de intoxicación alcohólica), ello por los motivos expuestos en los considerandos en la presente Resolución. ARTÍCULO 3º: APLICAR al Sr./a. MORALES, SERGIO EDUARDO, DNI. N° 13701942, titular de la Licencia de TAXI Nº 622, una multa a favor de la AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE consistente en 3 (tres) Unidades de Sanción (US), es decir la suma de $ 18.750,00 (pesos dieciocho mil setecientos cincuenta con 00/100) por trasgresión a lo dispuesto en la Resolución A.M.T. N° 430/15 y la Resolución A.M.T. N° 170/18 (falta de registración y habilitación del personal de conducción), ello por los motivos expuestos en los considerandos en la presente Resolución. ARTÍCULO 4º: INTIMAR al Licenciatario/a a realizar el pago de los montos establecidos en los artículos anteriores, dentro de un plazo de 15 (quince) días corridos a contar desde la notificación de la presente. El pago se considerará efectivizado una vez cancelado el mismo en los lugares habilitados para el cobro correspondiente, PREVIA EMISIÓN DE LA BOLETA DE PAGO PERTINENTE POR AMT. ARTÍCULO 5º: DISPONER sobre el Sr. LOPEZ, SERGIO ARNALDO, D.N.I. N° 24817780, una PROHIBICIÓN TEMPORAL para Integrar el Registro de Conductores del Sistema Impropio de Transporte de la Región Metropolitana, previsto mediante Resolución A.M.T. N° 1493/09 y Resolución A.M.T. N° 430/15, POR EL TÉRMINO DE 1 (UN) AÑO, conforme lo dispuesto por los arts. 2, 4 inc. w de la Ley Provincial Nº 7.322, el art. 7 inc. b del Reglamento del Servicio Impropio de la Región Metropolitana de Salta, aprobado mediante Resolución A.M.T. N° 1493/09 y los arts. 15 y 17 - Resolución A.M.T. N° 170/18. ARTÍCULO 6º: DISPONER la SUSPENSIÓN TEMPORARIA de la Licenciataria para la prestación del servicio de taxi y lo sea hasta que la misma declare ante AMT nuevo chofer en los términos de la reglamentación vigente. Cumplido lo procedente, la suspensión quedará sin efecto PREVIA simple constatación y declaración, realizada por la Gerencia de Registro y Habilitaciones de A.M.T., de que la Licenciataria ha dado cumplimiento a lo dispuesto en el presente artículo. Dicha área deberá agregar a estos obrados copias de la documentación confeccionada en tal sentido. ARTÍCULO 7º: DISPONER en relación al conductor prohibido temporalmente para integrar el Registro de Conductores del Sistema Impropio de Transporte de la Región Metropolitana, que el tiempo transcurrido entre la confección del acta de comprobación hasta el dictado de la presente Resolución, quedará computado dentro del término de la misma, conforme lo establecido en la Resolución A.M.T. Nº 224/21. ARTÍCULO 8º: DISPONER que la Gerencia de Registro y Habilitaciones de A.M.T., a través del Área de Registro y Habilitaciones tome debido y formal registro de lo dispuesto en los artículos anteriores. ARTÍCULO 9º: REGÍSTRESE, notifíquese, hágase conocer y oportunamente archívese.

El presente edicto deberá ser publicado por 3 (TRES) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, de conformidad a lo dispuesto en el art. 150 de la Ley 5.348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta.



Arias,
ABOGADO - ASISTENTE PROFESIONAL




F. V/C N° 0012 - 00007321
Orden de Publicación: 100101208
Importe: $1.12E04
Fecha/s de publicación: 07/02/2023, 08/02/2023, 09/02/2023

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