RESOLUCIONES



SALTA, 01 de Febrero de 2023

RESOLUCIÓN N° 125

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 32.128/2.020 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 93/22, para la contratación de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO N° 5.069 - LA POMA - DPTO. POMA - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 98/99, mediante Resolución S.O.P. N° 909/22, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 19.056.266,48 (pesos diecinueve millones cincuenta y seis mil doscientas sesenta y seis con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Dirección de Obras de Educación a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 101 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 106 en el Boletín Oficial, a fs. 106 vta. en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 26 de Diciembre de 2.022 (fs. 109/110), presentaron sus ofertas 4 (cuatro) empresas “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, “BM CONSTRUCCIONES de Moisés Baltasar”, “RIO ANDINO S.R.L.” y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 361/363, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 909/22, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas “RIO ANDINO S.R.L.”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 8°, incs. b) y e) del P.C.P. y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, por incumplimiento a lo dispuesto por el artículo 8°, inc. e) del P.C.P., y recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “RABUFETTI CONSTRUCCIONES” y “BM CONSTRUCCIONES de Moisés Baltasar”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 15 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual en arquitectura suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherente sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a las cotizaciones de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “BM CONSTRUCCIONES de Moisés Baltasar”, en la suma de $ 18.612.170,70 (pesos dieciocho millones seiscientos doce mil ciento setenta con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, que representa un 30,38 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 15 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 365, rola la constancia de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 366/387, mediante Dictamen N° 04/23, toma intervención la Dirección de Contrataciones de Obras Públicas del Ministerio de Infraestructura, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 368, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 369, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 12/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 93/22, llevado adelante por la Dirección de Obras de Educación, encomendado por Resolución S.O.P. N° 909/22, para la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO N° 5.069 - LA POMA - DPTO. POMA - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 19.056.266,48 (pesos diecinueve millones cincuenta y seis mil doscientas sesenta y seis con 48/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas “RÍO ANDINO S.R.L.” y “COMPAÑÍA DEL NORTE S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “BM CONSTRUCCIONES de Moisés Baltasar” y “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “BM CONSTRUCCIONES de Moisés Baltasar”, CUIT N° 20-33703668-7, la ejecución de la obra “AMPLIACIÓN EN COLEGIO N° 5.069 - LA POMA - DPTO. POMA - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 18.612.170,70 (pesos dieciocho millones seiscientos doce mil ciento setenta con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 120 (ciento veinte) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 15 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “BM CONSTRUCCIONES de Moisés Baltasar”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 3.722.434,14 al Curso de Acción: 071011005206 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 477 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.022.

ARTICULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00007325
Orden de Publicación: 100101230
Importe: $6.705,00
Fecha/s de publicación: 08/02/2023

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