RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 03 de Febrero de 2023

RESOLUCIÓN A.M.T. Nº 52/23

AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE

VISTO:

El Expediente AMT Nº 238 - 68415/22, La Ley Nº 7.322, la Resolución AMT Nº 231/16, el Acta de Directorio Nº 05/23, y;

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución AMT Nº 12/23, de fecha 12 de Enero de 2023, el Directorio de la Autoridad Metropolitana de Transporte resolvió: “ARTÍCULO 1º: CONVOCAR a los titulares de licencias de taxis de la Ciudad de Salta, debidamente habilitados, interesados en prestar servicios en el Aeropuerto internacional General Martín de Güemes a manifestar su voluntad en tal sentido, por escrito por ante la Autoridad Metropolitana de Transporte en su sede de Avda. Tavella Nº 1395, esq. pasaje Socompa, de la Ciudad de Salta, en horario de atención al público. A sus efectos, contaran con un plazo de diez (10) días hábiles posteriores a la publicación de la presente".

Que por dicho instrumento se fijaron las condiciones y requisitos que debían cumplir los participantes, en particular la selección de la franja 1 (
7 a 16 hs.), o 2 (16 a 24 hs.).

Que diversos sectores de los prestadores de los servicios a la fecha expresaron la necesidad de contar con más tiempo para participar en el procedimiento iniciado.

Que resulta atendible la solicitud efectuada, en tanto que permitirá sumar mayor cantidad de participantes para alcanzar una mejor cobertura de servicios en el Aeropuerto Internacional Martín Miguel de Güemes. Teniendo como objetivo final el de reorganizar la modalidad de oferta en el aeropuerto internacional provincial, estableciendo reglas y pautas superadoras que mejoren y tengan impacto positivo en la prestación del servicio de taxi.

Que el aeropuerto internacional de la Ciudad de Salta resulta ser una de las principales puertas de entrada de la Provincia, por lo que es necesario aunar todos los esfuerzos a los fines que aquella sea una cabal carta de presentación para todos aquellos que nos visitan y para nuestros coterráneos que vuelven a nuestro suelo.

Que la Autoridad Metropolitana de Transporte es el organismo competente en materia de servicio de transporte en la Región Metropolitana de Salta, siendo la responsable de autorizar los vehículos que se encontraran facultados para la oferta y prestación de servicio en el aeropuerto, todo ello de acuerdo a las condiciones establecidas por el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), organización descentralizada y autárquica del Estado Nacional, que trabaja para promover el desarrollo aeroportuario de la Argentina.

Que la Gerencia Jurídica de A.M.T. ha tomado la intervención que le compete emitiendo el correspondiente dictamen.

Que este Directorio se encuentra facultado para el dictado del presente acto de conformidad lo dispuesto por la Ley Nº 7.322, normas complementarias y concordantes.

Por ello;

EL DIRECTORIO DE LA

AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ESTABLECER un plazo extraordinario de tres (3) días, en el marco de la convocatoria efectuada mediante Resolución AMT Nº 12/23, a fin que los titulares de licencias de taxis de la Ciudad de Salta interesados en prestar servicios en el Aeropuerto Internacional General Martín de Güemes, en la FRANJA 2: de 16 a 24 hs. (Con flexibilidad en los horarios de arribos, en caso de demora de los vuelos), manifiesten su voluntad en tal sentido, por escrito por ante la Autoridad Metropolitana de Transporte en su sede de Avda. Tavella Nº 1395, esq. pasaje Socompa, de la Ciudad de Salta, en horario de atención al público.

Los solicitantes deberán dar cumplimiento a los requisitos expresamente previstos en la Resolución AMT Nº 12/23 y concordantes.

En los casos que la presentación carezca de los requisitos previstos, y no fueran subsanados en el plazo previsto en este artículo, se tendrán por no presentados.

ARTÍCULO 2º: DISPONER que vencido el plazo precedente, la lista de licenciatarios, que hubieran manifestado su voluntad inscribiéndose, será publicada por dos (2) días hábiles, en un lugar visible de ambas sedes de la Autoridad Metropolitana de Transporte, a fin que los interesados realicen observaciones, supresiones, modificaciones o impugnaciones, acompañando la prueba documental que estimen pertinente.

ARTÍCULO 3º: REGÍSTRESE; publíquese por un día en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, comuníquese y oportunamente archívese.



Ferraris - Serralta




R. S/C N° 100011702
Orden de Publicación: 100101251
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 08/02/2023

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