AVISOS GENERALES



SALTA, 13 de Marzo de 2023

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

RESOLUCIÓN GENERAL Nº 3.717

VISTO:

Lo dispuesto por el Artículo 24 de la Ley Nacional Nº 20.488 que autoriza a los Consejos Profesionales conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio a percibir derechos, entre los que se incluye el de Certificación de Firmas, situación que en la Provincia de Salta es homologada por el inciso e) del Artículo 85 de la Ley Nº 6.576;

Lo normado por el inciso k) del Artículo 3° de la Ley Nº 6.576, que establece que el Consejo Profesional para el cumplimiento de sus fines tendrá la atribución de fijar el monto de los Derechos de Certificaciones;

Lo establecido por el Artículo 46 de la Ley Nº 4.582, en igual sentido a lo antes expuesto; y

CONSIDERANDO:

Que el Consejo Directivo del Consejo Profesional determinó fijar las nuevas escalas de Derecho de Certificación de Firmas por la tramitación de actuaciones profesionales;

Que, a los efectos de poder dar cumplimiento a los objetivos de creación y funcionamiento de la Institución, es indispensable que el Consejo Profesional cuente con los recursos necesarios y suficientes para ello;

Que la fijación de valores por Derechos de Certificación de Firmas es facultad exclusiva y excluyente del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta;

Que se detectan incrementos en todos los costos para la prestación de los servicios a cargo de este Consejo Profesional;

Que el Consejo ha efectuado un análisis y estudio exhaustivo de los incrementos en los costos fijos operativos y en los costos por servicios, para fijar los nuevos valores por Derecho de Certificación de Firmas.

POR TODO ELLO:

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º:  Fijar las nuevas escalas de valores por Derecho de Certificación de Firmas por las Actuaciones Profesionales tipo A, B, C y D, las que quedan establecidas en los valores que se exponen en el siguiente cuadro:





ACTUACIONES PROFESIONALES ARANCEL COPIAS INCLUIDAS VALOR COPIA

TIPO “A” Ver Escala 6 $1.800

TIPO “b” $6.800 6 $1.800

TIPO “C” (*) $6.500 6 $1.800

TIPO “D” (*) $4.500 3 $1.800

(*) Especiales, excepto Estados Contables

ESCALA ACTUACIONES PROFESIONALES TIPO “A”

Monto del Activo + Pasivo o Transacciones (El que resulte MAYOR)

TRAMO DESDE $ HASTA $ ARANCEL

1 $- $3.000.000 $10.000

2 $3.000.001 $8.500.000 $20.000

3 $8.5000.001 $17.000.000 $30.000

4 $17.000.001 $25.000.000 $40.000

5 $25.000.001 $34.000.000 $80.000

6 $34.000.001 $42.000.000 $100.000

7 $42.000.001 $51.000.000 $120.000

8 $51.000.001 $68.000.000 $150.000

9 $68.000.001 $408.000.000 $200.000

10 $408.000.001 $2.880.000.000 $220.000

11 $2.880.000.001 $4.336.000.000 $250.000

12 $4.336.000.001 En adelante $280.000

ESCALA ACTUACIONES PROFESIONALES TIPO “C”

(ESTADOS CONTABLES)

Monto de los Recursos Ordinarios

TRAMO DESDE $ HASTA $ ARANCEL

1 $- $3.000.000 $8.000

2 $3.000.001 $8.500.000 $15.000

3 $8.500.001 $17.000.000 $30.000

4 $17.000.001 En adelante $60.000

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ARTÍCULO 2º: La presente Resolución tendrá vigencia para las actuaciones profesionales que se presenten a partir del día 1 de abril de 2023, inclusive.

ARTÍCULO 3º: Comunicar, dar a conocimiento de los profesionales matriculados, publicar en el Boletín Oficial de la provincia por un (1) día, copiar y archivar.



Cr. Juan Pablo López López, PRESIDENTE - Cr. Enrique Calderón, PROSECRETARIO




F. N° 0011 - 00013788
Orden de Publicación: 100102497
Importe: $3.080,00
Fecha/s de publicación: 23/03/2023

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