RESOLUCIONES



SALTA, 20 de Marzo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 60

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

Expediente Nº 227-269818/22 y agregados

VISTO la Licitación Pública Nº 37/23 para la adquisición de bienes insumos y contratación de obra y/o servicios (indumentaria, equipos de protección personal, herramientas, equipos de computación y comunicaciones y equipos específicos para el combate de incendios forestales), con destino a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable; y,

CONSIDERANDO:

Que por Resolución Nº 20/23 de esta cartera ministerial, entre otras cosas, se autorizó a la Secretaría de Contrataciones dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a efectuar el llamado a Licitación Pública, para la adquisición de los bienes detallados, para fortalecer y optimizar a la autoridad competente en el combate contra el fuego, con encuadre en el Art. 13 de la Ley Nº 8.072 de Sistema de Contrataciones de la Provincia y Art. 15 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que asimismo, por intermedio de la Resolución Nº 41/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Bienes y Servicios, se aprobó el Pliego de Condiciones Generales, Particulares y Técnicos y su Anexo de la Licitación Pública Nº 37/23 y se designó a los integrantes de la Comisión de Pre-adjudicación;

Que en este sentido se efectuó la publicación oficial del proceso en un diario local, en el Portal de Compras y Contrataciones y en el Boletín Oficial de conformidad a lo previsto en los Arts. 9 y 30 de la Ley Nº 8.072, y Arts. 9, 10, 40 y 41 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que el día 03 de febrero del año 2.023 se efectuó la apertura de sobres, donde se presentaron 7 (siete) oferentes, a saber las firmas: 1) "INTUO S.A.S.”, con una oferta parcial de USD 481.300,00 (expresado solo en números); 2) "DIAPOLA CAROLINA”, con una oferta parcial de uSd 756.566,00 (dólares estadounidenses setecientos cincuenta y seis mil quinientos sesenta y seis con 00/100); 3) "BLUGMA S.R.L.”, con una oferta parcial sin totalizar; 4) "PUNTO DE IMPACTO S.A.”, con una oferta parcial de USD 284.480,00 (dólares estadounidenses doscientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos ochenta con 00/100); 5) "NICOLAS ALVAREZ AREVALO”, con una oferta parcial de USD 36.811,00 (dólares estadounidenses treinta y seis mil ochocientos once con 00/100); 6) "RAUL AGUSTIN CORRALES S.R.L.”, con una oferta parcial de USD 61.534,17 (dólares estadounidenses sesenta y un mil quinientos treinta y cuatro con 17/100) y 7) "PEREZ SIROMBRA FRANCISCO”, con una oferta parcial de $ 88.968.143,52 (expresados solo en números);

Que la Comisión de Pre-adjudicación sugirió preadjudicar los renglones Nros. 1, 2, 3, 4 y 5 del Anexo IV a la firma “ÁLVAREZ ARÉVALO NICOLÁS”, por el monto de USD 6.451 (dólares estadounidenses seis mil cuatrocientos cincuenta y uno); los renglones 3, 13 y 14 del Anexo I; 11 del Anexo III y 7 del Anexo VI a la firma “BLUGMA S.R.L.”, por el monto de USD 22.190 (dólares estadounidenses veintidós mil ciento noventa); los renglones Nros. 6 del Anexo II y 6 (10 unidades) del Anexo VI a la firma “RAUL AGUSTIN CORRALES S.R.L.”, por el monto de USD 1.394,59 (dólares estadounidenses mil trescientos noventa y cuatro con 59/100); los renglones Nros. 9 y 15 del Anexo I; 7 del Anexo II; y 1 y 6 del Anexo III a la firma “DIPAOLA CAROLINA”, por el monto de USD 54.390,00 (dólares estadounidenses cincuenta y cuatro mil trescientos noventa); los renglones Nros. 1 y 2 del Anexo I; 2 y 8 del Anexo II; y, 2, 3, 4, 5, 7, 8 y 9 del Anexo III a la firma “INTUO S.A.S.”, por el monto de USD 342.672,00 (dólares estadounidenses trescientos cuarenta y dos mil seiscientos setenta y dos); y los renglones 10 Alt., 11 y 12 Alt. del Anexo I; 1, 3, 4, y 5 del Anexo II y 6 (50 unidades) del Anexo VI a la firma PEREZ SIROMBRA FRANCISCO, por el monto de $ 6.951.586,86 (pesos seis millones novecientos cincuenta y un mil quinientos ochenta y seis con 86/100), por resultar admisibles y convenientes para los intereses del Estado, tomando como criterios de preadjudicación: calidad, precio y condiciones técnicas de los productos ofertados;

Que el Servicio Administrativo Financiero de este Ministerio solicitó autorización a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable para desestimar los renglones Nros. 4, 5, 6, 7, 8, 16 y 17 del Anexo I; 9 del Anexo II; 10 y 12 del Anexo III y 1, 2, 3, 4 y 5 del Anexo VI, en virtud de la cuota presupuestaria con que se cuenta para la presente contratación; obrando al respecto anuencia de la citada Secretaría;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y la Unidad de Sindicatura Interna de este ministerio, han tomado la intervención que les compete;

Que en el marco de lo dispuesto por el Art. 13 de la Ley Nº 8.072 de Sistema de Contrataciones de la Provincia y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL MINISTRO DE PRODUCCIÓN Y DESARROLLO SUSTENTABLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar la Licitación Pública Nº 37/23 para la adquisición de bienes insumos y contratación de obra y/o servicios (indumentaria, equipos de protección personal, herramientas, equipos de computación y comunicaciones y equipos específicos para el combate de incendios forestales), con destino a la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable dependiente del Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable, en el marco de lo dispuesto por el Art. 13 de la Ley Nº 8.072 de Sistema de Contrataciones de la Provincia y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18.

ARTÍCULO 2º.- Adjudicar los renglones Nros. 1; 2; 3; 4 y 5 del Anexo IV a la firma “ALVAREZ AREVALO NICOLAS” - C.U.I.T. Nº 20-13578768-0, por un total de USD 6.451,00 (dólares estadounidenses seis mil cuatrocientos cincuenta y uno); los renglones Nros. 3, 13 y 14 del Anexo I; 11 del Anexo III y 7 del Anexo VI a la firma “BLUGMA S.R.L.” - C.U.I.T. Nº 30-71562655-8, por un total de USD 22.190,00 (dólares estadounidenses veintidós mil ciento noventa); los renglones Nros. 6 del Anexo II y 6 (10 unidades) del Anexo VI a la firma “RAUL AGUSTIN CORRALES S.R.L.” - C.U.I.T. N° 30-71573067-3, por un total de USD 1.394,59 (dólares estadounidenses mil trescientos noventa y cuatro con 59/100); los renglones Nros. 9 y 15 del Anexo I; 7 del Anexo II; y 1 y 6 del Anexo III a la firma “DIPAOLA CAROLINA” - C.U.I.T. N° 20-13578768-0, por un total de USD 54.390,00 (dólares estadounidenses cincuenta y cuatro mil trescientos noventa); los renglones Nros. 1 y 2 del Anexo I; 2 y 8 del Anexo II; y 2, 3, 4, 5, 7, 8 y 9 del Anexo III a la firma “INTUO S.A.S.” - C.U.I.T. N° 33-71613019-9, por un total de USD 342.672,00 (dólares estadounidenses trescientos cuarenta y dos mil seiscientos setenta y dos); y, los renglones Nros. 10 Alt., 11 y 12 Alt. del Anexo I; 1, 3, 4, y 5 del Anexo II y 6 (50 unidades) del Anexo VI a la firma PEREZ SIROMBRA FRANCISCO - C.U.I.T. N° 20-40628105-2, por un total de $ 6.951.586,86 (pesos seis millones novecientos cincuenta y un mil quinientos ochenta y seis con 86/100).

ARTÍCULO 3º.- Declarar desestimados los renglones Nros. 4, 5, 6, 7, 8, 16, 17 del Anexo I; 9 del Anexo II; 10 y 12 del Anexo III y 1, 2, 3 ,4 y 5 del Anexo VI.

ARTÍCULO 4º.- Declarar desierto el Anexo V.

ARTÍCULO 5º.- El gasto que demande lo dispuesto precedentemente se imputará a la partida presupuestaria correspondiente a los fondos provenientes del Convenio Fondo Nacional del Manejo del Fuego perteneciente al Ministerio de Producción y Desarrollo Sustentable.

ARTÍCULO 6º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De Los Ríos Plaza




F. V/C N° 0012 - 00007623
Orden de Publicación: 100102525
Importe: $6.985,00
Fecha/s de publicación: 27/03/2023

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