SALTA, 31 de Marzo de 2023
RESOLUCIÓN N° 283
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
Expediente N° 125 - 160.202/22 - 0 y agregados.
VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 05/23, para la contratación de la obra “OPTIMIZACIÓN
Y RECAMBIO GENERAL DE REDES DE AGUA Y CONEXIONES - B° CIUDAD DEL MILAGRO - ETAPA CENTRO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,
CONSIDERANDO:
Que a fs. 119/120, mediante Resolución S.O.P. N° 17/23, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 65.563.107,97 (pesos sesenta y cinco millones quinientos sesenta y tres mil ciento siete con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;
Que a fs. 123/156, mediante Resolución N° 07/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 164 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local, a fs. 166 en el Boletín Oficial y a fs. 165 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 24 de Febrero de 2.023 (fs. 185/186), presenta su única oferta la firma “TANJILEVICH WALTER”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que a fs. 275/276, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 07/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisible, en lo relacionado a los requisitos formales, la oferta presentada por la firma “TANJILEVICH WALTER”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficientes para esta obra, se ajusta a los requerimientos técnico constructivos requeridos, presenta su cotización y análisis de precios razonables, cumple con la planilla de Datos Garantizados, encontrándose respaldada con su correspondiente folletería, resultan coherentes su plan de trabajos y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a la mano de obra cotizada;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la firma “TANJILEVICH WALTER”, en la suma de $ 87.007.099,78 (pesos ochenta y siete millones siete mil noventa y nueve con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, que representa un 12,57 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios y resultar conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que a fs. 277/278, rolan las constancias de la notificación del Informe de Preadjudicación al oferente, sin que se presenten impugnaciones al mismo;
Que a fs. 282, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto de correspondiente;
Que a fs. 283/284, mediante Dictamen N° 211/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 285, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 28/23;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 05/23, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. N° 17/23 para la ejecución de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO GENERAL DE REDES DE AGUA Y CONEXIONES - B° CIUDAD DEL MILAGRO - ETAPA CENTRO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 65.563.107,97 (pesos sesenta y cinco millones quinientos sesenta y tres mil ciento siete con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.
ARTÍCULO 2°.- Declarar admisible la oferta de la empresa "TANJILEVICH WALTER", por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.
ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “TANJILEVICH WALTER”, CUIT N° 20-11944941-4, la ejecución de la obra “OPTIMIZACIÓN Y RECAMBIO GENERAL DE REDES DE AGUA Y CONEXIONES - B° CIUDAD DEL MILAGRO - ETAPA CENTRO - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 87.007.099,78 (pesos ochenta y siete millones siete mil noventa y nueve con 78/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar conveniente por cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la firma “TANJILEVICH WALTER”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 60.000.000,00 al Curso de Acción: 092038013202 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 843 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.
ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.023 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.
ARTÍCULO 8°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
De la Fuente