SENTENCIAS



TRIBUNAL DE JUICIO - SALA VI - VOCALÍA Nº 3

URBINA MAURO LEONARDO - CAUSA J01Nº 177131/23





El Tribunal de Juicio, Sala VI, Vocalía Nº 3  a fin de comunicar a los fines que hubiere lugar, en los términos del artículo 580 del Código Procesal Penal y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 19 del Código Penal que este Tribunal en fecha 16/02/2023, dictó la siguiente SENTENCIA: "Salta, 16 de Febrero de 2023. Y VISTA: La causa J01 Nº 177131/23 caratulada: “INCIDENTE DE JUICIO ABREVIADO SOLICITADO POR EL FISCAL DE UDIS Nº 4 DR. PABLO RIVERO EN LA CAUSA URBINA, MAURO LEONARDO POR ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, Y ABUSO SEXUAL SIMPLE EN PERJUICIO DE A.J.A (-) Y ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR LA GUARDA Y POR HABERSE COMETIDO CONTRA UNA MENOR DE 18 AÑOS APROVECHÁNDOSE DE UNA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE TODO EN CONCURSO REAL EN PERJUICIO DE SARAPURA, VANESA IVANA (DEN), PINIKAS, ROMINA NATALIA (DEN), S.M.D (-)”, (Averiguación Preliminar Nº 451/22 y 452/22 de la Sub Comisaría Los Pinares, Legajo de Investigación Nº 06/22); y        RESULTA:...       CONSIDERANDO:...         FALLA: I) CONDENANDO a MAURO LEONARDO URBINA, DNI Nº 32.135.228 de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de SEIS (6) años de prisión de ejecución efectiva, por resultar autor penalmente responsable de los delitos de ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL, Y DE ABUSO SEXUAL SIMPLE, EN PERJUICIO DE LA PERSONA MENOR J.A.A, previstos y reprimidos por los artículos 119, 1º y 3º párrafo del Código Penal; y ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR HABERSE COMETIDO CONTRA UNA MENOR DE 18 AÑOS APROVECHÁNDOSE DE UNA SITUACIÓN DE CONVIVENCIA PREEXISTENTE, EN PERJUICIO DE LA PERSONA MENOR M.D.S, previstos y reprimidos por los artículos 119, 1º párrafo, en función del 119, quinto y cuarto párrafo inciso f), TODO EN CONCURSO REAL en los términos de los artículos 55, 29 inciso 30, 40 y 41 del Código Penal, ORDENANDO que sea trasladado a la Unidad Carcelaria Nº 1, en orden a la modalidad de la pena. II) ORDENANDO que por Secretaría se practique el correspondiente cómputo de pena y se libren los oficios de ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 573 del Código Procesal Penal.        III) ORDENANDO se brinde a Mauro Leonardo Urbina, en el ámbito de la Unidad Carcelaria, atención psicológica terapéutica, previo diagnostico profesional y mientras dure su privación de la libertad.         IV) TENIENDO por notificadas a las progenitoras de las víctimas menores, a fin de dar cumplimiento con lo establecido por la Ley Nº 27.375 modificatoria de la Ley Nº 24.660 de “Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad”, labrándose el pertinente acta. V) ORDENANDO que, conforme considerando, se proceda a la realización del examen genético del condenado Mauro Leonardo Urbina, DNI Nº 32.135.228, y lo sea por el Servicio de Biología Molecular del Departamento técnico del Cuerpo de Investigadores Fiscales (C.I.F.), y su posterior inscripción en los bancos de datos genéticos que correspondan, previa asignación del dato único de identificación genética -DUIG- conforme lo dispone el artículo 18 de la Ley 7775 y artículo 9 del decreto reglamentario Nº 734/16 y Ley Nacional 26.879 (art. 5).     VI) DISPONIENDO que la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) realice las gestiones necesarias tendientes a la toma de muestras fotográficas actualizadas del condenado Mauro Leonardo Urbina, DNI Nº 32.135.228, de frente y de ambos perfiles.       VII) DISPONIENDO que con posterioridad, se resuelva sobre los bienes secuestrados en autos, de conformidad con lo establecido por el Código Procesal Penal, la Ley de Secuestro N° 7838 y la Acordada Reglamentaria Nº 11905.       VIII) TENIENDO por renunciados los plazos procesales para interponer recursos por las partes, conforme con las previsiones del artículo 218 del Código Procesal Penal.           IX) ORDENANDO se PROTOCOLICE, COMUNIQUE Y CUMPLA”. Fdo.: Dr. Guillermo D. Pereyra- Juez, Dra. María Florencia Román - Secretaria.

DATOS PERSONALES: MAURO LEONARDO URBINA, argentina. D.N.I. Nº 32.135.228, nacido el 17/01/1986 en Salta capital, hijo de Modesto y de Margarita Fernández.

CUMPLE LA PENA IMPUESTA: el día 01 de Abril de 2028.



Guillermo D. Pereyra, JUEZ - Dra. Maria Florencia Roman, SECRETARIA




R. S/C N° 100011768
Orden de Publicación: 100102110
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 13/03/2023

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