NOTIFICACIONES ADMINISTRATIVAS



AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE A LA SRA. VAZQUEZ, LEONOR ROXANA DEL VALLE EXPEDIENTE AMT  Nº 238- 68692/22



Expediente AMT N°: 238 - 68692/23: “AMT- LICENCIAS DE REMIS SIN REALIZAR ACTUALIZACION DOCUMENTAL DICIEMBRE AÑO 2022 MUNICIPIO CHICOANA” (publicación conforme art. 150 - Ley Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta).

La Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, hace saber, que en los autos caratulados “Expediente AMT N° 238 - 68692/22: “AMT- LICENCIAS DE REMIS SIN REALIZAR ACTUALIZACION DOCUMENTAL DICIEMBRE AÑO 2022 MUNICIPIO CHICOANA", se ha dispuesto notificar a VAZQUEZ, LEONOR ROXANA DEL VALLE, D.N.I. N° 29.879.544 lo siguiente: “Por la presente notifico a Ud., en su carácter de titular de la licencia de REMIS CHICOANA LIC - N° 27, que de acuerdo a los registros obrantes en este Organismo surge que no ha realizado la Actualización Documental correspondiente al mes de DICIEMBRE Año 2022, quedando configurado el incumplimiento de su obligación, conforme lo establecido en Resolución AMT N° 211/13. Por lo cual INTIMO a Ud. a que de efectivo cumplimiento a las obligaciones a su cargo como titular de la Licencia en cuestión, por lo cual deberá realizar la Actualización Documental
en el plazo único y excepcional de 10 (diez) días hábiles, improrrogables y perentorios, en los términos de la Resolución A.M.T. N° 211/13, que establece el Sistema de Control y Actualización Documental para los prestadores del Servicio Público Impropio de Transporte de Personas en la Región Metropolitana de Salta, en los términos del Reglamento del Servicio Público Impropio de Transporte en la Región Metropolitana (Resolución AMT N° 1493/09), sus normas complementarias (art. 1 y concordantes) y la Ley N° 7322 (art. 2, 4 y concordantes). Quedando emplazado el intimado a que en el plazo referido presente todas las circunstancias de hecho y derecho que estime corresponda a su DESCARGO. La presente intimación se efectúa bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 8 de la Resolución AMT N° 211/13, en el marco de lo previsto en los artículos 46, 85, cc. ss. del Reglamento del Servicio Público Impropio de Transporte por Automotor de Personas en la Región Metropolitana de Salta. Asimismo, se pone en conocimiento del infractor que dentro del plazo señalado en la presente podrá solicitar adherirse al beneficio de PAGO VOLUNTARIO, gozando de una quita del 40 % (cuarenta por ciento) del monto de la multa que resulte aplicable, conforme lo dispuesto en la Resolución A.M.T. N°. 170/18. IMPORTANTE: Se pone en su conocimiento que, atento a lo establecido en el art. 5 de la Resolución AMT N° 211/13, la licencia individualizada en la presente se encuentra inhabilitada para la prestación del servicio de transporte, quedando bloqueada en el Sistema Integral Oficial de la Autoridad Metropolitana de Transporte (AMT) para la realización de cualquier trámite, hasta tanto regularice la situación de incumplimiento constatada”.

El presente edicto deberá ser publicado por 3 (tres) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, de conformidad a lo dispuesto en el art. 150 de la Ley Nº 5.348 de Procedimiento Administrativos de la Provincia de Salta.

SALTA, 18 de Abril de 2023.



Barcos, A/C GERENCIA DE REGISTRO Y HABILITACIONES




F. V/C N° 0012 - 00007841
Orden de Publicación: 100103591
Importe: $5.940,00
Fecha/s de publicación: 28/04/2023, 02/05/2023, 03/05/2023

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