RESOLUCIONES



SALTA, 05 de Abril de 2023

RESOLUCIÓN N° 307

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 138.384/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple N° 02/23, para la contratación de la obra “CUBIERTA Y REFACCIONES DE PLAYÓN DEPORTIVO UNIDAD CARCELARIA N° 4 - VILLA LAS ROSAS - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 65/66, mediante Resolución S.O.P. N° 25/23, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 18.296.490,08 (pesos dieciocho millones doscientos noventa y seis mil cuatrocientos noventa con 08/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos, mediante el procedimiento de Adjudicación Simple con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que según constancias de fs. 69/70 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación local y a fs. 73 en el Boletín Oficial, a fs. 77 en la página web
http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 28 de Febrero de 2.023 (fs. 82/83), presentaron sus ofertas 05 (cinco) empresas: “EUSEPI LUIS”, “INSECA S.R.L.”, “ALVAREZ CHAMON S.R.L.”, “RABUFETTI CONSTRUCCIONES” e “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 306/308, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución S.O.P. N° 25/23, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas: “EUSEPI LUIS”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incisos l), ñ) y o) del P.C.P., “INSECA S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incisos ñ) y o) del P.C.P., “ALVAREZ CHAMON S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incisos i), j), l), m) y ñ) del P.C.P. e “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° inciso j) del P.C.P. y recomienda declarar admisible a la oferta presentada por la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta, su equipamiento es suficiente, su planilla de datos garantizados completa, respetando las normas de calidad de materiales e insumos, inclusive los equipamientos y artefactos son los correctos para su aceptación, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, en la suma de $ 21.602.508,86 (pesos veintiún millones seiscientos dos mil quinientos ocho 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, que representa un 13,11 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales requeridos, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 310/319, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 321/322, mediante Dictamen N° 205/23, toma intervención la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 323, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto correspondiente;

Que a fs. 324, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 29/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 02/23, llevado adelante por la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, encomendado por Resolución S.O.P. N° 25/23 para la ejecución de la obra “CUBIERTA Y REFACCIONES DE PLAYÓN DEPORTIVO UNIDAD CARCELARIA N° 4 - VILLA LAS ROSAS - SALTA - CAPITAL”, con un presupuesto oficial de $ 18.296.490,08 (pesos dieciocho millones doscientos noventa y seis mil cuatrocientos noventa con 08/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.022, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas “EUSEPI LUIS”, “INSECA S.R.L.”, “ALVAREZ CHAMON S.R.L.” e “INGEVEC INGENIERIA Y CONSTRUCCIONES S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, CUIT N° 20-13845234-5, la ejecución de la obra “CUBIERTA Y REFACCIONES DE PLAYÓN DEPORTIVO UNIDAD CARCELARIA N° 4 - VILLA LAS ROSAS - SALTA - CAPITAL”, por un monto de $ 21.602.508,86 (pesos veintiún millones seiscientos dos mil quinientos ocho 86/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023, con un plazo de ejecución de 90 (noventa) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “RABUFETTI CONSTRUCCIONES”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 523002001801 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 465 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 8°.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00007723
Orden de Publicación: 100103036
Importe: $6.435,00
Fecha/s de publicación: 14/04/2023

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