DISPOSICIONES



SALTA, 10 de Septiembre de 2021

DISPOSICIÓN N° 75

INSTITUTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA

EXPEDIENTE N° 16-319241/19

VISTO, el expediente de referencia; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el mismo se persigue la autorización correspondiente, para locar un inmueble, por el término de 03 (tres) años, para la instalación de las oficinas del Instituto de Promoción Turística Salta (INPROTUR); en cercanías a la oficina de la Secretaria de Turismo;

Que obra intervención de las autoridades pertinentes de INPROTUR SALTA, del, de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y del SAF del Ministerio de Turismo y Deportes;

Que han tomado intervención las áreas correspondientes, del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, el Ministerio de Gobierno y la Secretaría General de la Gobernación, de la Provincia de Salta;

Que la presente contratación se encuentra enmarcada en las finalidades da la ley Provincial de Turismo N° 7045; y en los artículos N° 68, 69 y 15 inc d) del Sistema de Contrataciones de la Provincia, Ley N° 8072, cuyas mandas fueron cumplidas en la publicación de la adjudicación simple N° 608/2020, de la página de Compras y Contrataciones, de la Secretaria de Contrataciones de la Provincia de Salta; y en las disposiciones del Decreto Reglamentario N° 1319/18;

Que la contratación de marras puede ser efectuada por el INPROTUR SALTA, por ser una Unidad Operativa, según lo dispuesto por la Resolución N° 588/11 del entonces Ministerio de Cultura y Turismo de la Provincia de Salta;

Por ello, con el marco legal referido,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DEL

INSTITUTO DE PROMOCIÓN TURÍSTICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°: DAR POR APROBADO el Procedimiento de Contratación llevado a cabo en autos, que culmina por contratar con la firma “FIDEICOMISO BELGRANO”, por la locación de un inmueble ubicado en calle Alberdi N° 53 (Unidad Funcional 01.15 y unidad Funcional 01.14 A, sito en la Galería Baccaro) y el pago de expensas correspondientes; por el término de 03 (tres) años, para la instalación de las oficinas del Instituto de Promoción Turística Salta (INPROTUR); por un monto total de $ 264.000 (pesos doscientos sesenta y cuatro mil).

ARTÍCULO 2°: El gasto que demande el cumplimiento del artículo anterior, se imputará a las partidas presupuestarias correspondientes.

ARTÍCULO 3°: Comunicar, registrar y archivar.



Cornejo




F. N° 0011 - 00014128
Orden de Publicación: 100103086
Importe: $1.650,00
Fecha/s de publicación: 17/04/2023

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