EDICTOS DE QUIEBRAS



EDICTO:

La Dra. Eugenia F. de Ullivarri, Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 1era. Nominación, Secretaría a cargo de la Dra. Claudia G. Nallar, en los autos caratulados: “CAMPOS, RAMON ROBERTO POR PEDIDO DE PROPIA QUIEBRA - EXPTE. N° 8893/23” ordena la publicación de edictos por el término de cinco días en el Boletín Oficial, sin cargo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere, a los siguientes efectos: San Ramón de la Nva. Oran, 09 de Diciembre de 2021.- VISTOS:..CONSIDERANDO:...RESUELVO: I) DISPONER la declaración de QUIEBRA DE RAMON ROBERTO CAMPOS DNI N° 23.385.487 CUIL N° 20-23385487-6, con domicilio real en Pje. Albarracín casi Paraguay- de esta ciudad de Orán y domicilio procesal en Manzana 30 B, Casa 10 B° 20 de Febrero de esta ciudad. VII) DISPONER la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de tenerlos por ineficaces (art. 88 inc. 5°, LCQ). IX) DISPONER el desapoderamiento de los bienes del fallido, por parte de la Sindicatura, con expresa advertencia de aquellos que deben quedar excluidos por ser inembargables (art. 108 de la LCQ) con detalle de los mismos y documentación comercial en su caso, así como ORDENAR a la sindicatura presente el inventario de bienes mandado por ley (art. 88 inc. 4° y 10 y art. 180 de la LCQ). Bajo apercibimiento de remoción. X) ORDENAR al Sr. RAMON ROBERTO CAMPOS y a terceros, que hagan entrega a la sindicatura de los bienes del fallido que se mencionan en el punto anterior (art. 88 inc. 3 y 4 de LCQ). Hacer saber que el síndico designado es CPN MARIA ALEJANDRA GARGIULO, argentina, DNI 18.562.707, Contadora Pública Nacional, con domicilio procesal calle López y Planes Nro. 1220 de esta ciudad y real en calle Bolívar Nro. 275 2do. Piso Dpto. A, de la cuidad de Salta, y que atenderá a los acreedores los días Martes y Jueves de 10:00 a 12:00 horas, en el domicilio de López y Planes Nro. 1220 de esta ciudad. Quedando establecido el monto del arancel de verificación (art. 200 LCQ) en el 10 % del SMVM.- XIII) FIJAR para el día 14 de Mayo del 2023 o al siguiente día hábil si éste fuere feriado, como vencimiento del plazo para que los acreedores presenten ante el síndico sus pedidos de verificación (art. 126 y 200 LCQ). XIV) FIJAR el 14 de Junio del 2023 o el siguiente hábil, para que la Sindicatura presente el Informe Individual, con copias y siguiendo las pautas señaladas en los arts. 35 y 200 de la LCQ. Asimismo, DEJAR ESTABLECIDO el día 25 de Julio del 2023 para que la Sindicatura presente el Informe General (art.39 y 200 LCQ).



Dra. Fernández de Ulivarry Eugenia, SECRETARIA




F. V/C N° 0012 - 00007772
Orden de Publicación: 100103275
Importe: $1,111E04
Fecha/s de publicación: 20/04/2023, 21/04/2023, 24/04/2023, 25/04/2023, 26/04/2023

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