SALTA, 17 de Abril de 2023
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
RESOLUCIÓN N° 3733
VISTO:
El Artículo N° 15 de la Ley Provincial N° 6576, que faculta al Consejo Profesional a fijar el plazo y condiciones para el pago del Derecho de Ejercicio Profesional y la Resolución General N° 3.134 “Reglamento de Matrícula y Registros” - Artículos Nros. 21, 22, 27 y 28 - sobre Derecho de Inscripción y de Ejercicio Profesional; y
CONSIDERANDO:
Que el Consejo Directivo en sesión del día 10 de abril del 2023 dio tratamiento al tema y resolvió mantener el régimen mensual para el pago del Derecho de Ejercicio Profesional, facilitando de ese modo la gestión de pago por parte de los profesionales matriculados;
POR TODO ELLO:
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL
CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°: El Derecho de Ejercicio Profesional que rige para el año 2023, será abonado por los profesionales matriculados en doce (12) cuotas, fijándose los vencimientos que se indican a continuación:
1a Cuota 25 de Enero de 2023
2a Cuota 27 de Febrero de 2023
3a Cuota 27 de Marzo de 2023
4° Cuota 17 de Abril de 2023
5° Cuota 15 de Mayo de 2023
6° Cuota 15 de Junio de 2023
7° Cuota 17 de Julio de 2023
8° Cuota 15 de Agosto de 2023
9º Cuota 18 de Septiembre de 2023
10° Cuota 17 de Octubre de 2023
11° Cuota 15 de Noviembre de 2023
12° Cuota 15 de Diciembre de 2023
>ARTÍCULO 2°: El Derecho de Ejercicio Profesional de los tres (3) primeros meses del año 2024 vencerá en las fechas que se indican a continuación:
1a Cuota 15 de Enero de 2024
2a Cuota 15 de Febrero de 2024
3a Cuota 15 de Marzo de 2024
>ARTÍCULO 3°: El pago fuera de término de las cuotas de Derecho de Ejercicio Profesional, devengará un recargo por mora diario equivalente al setenta y ocho por ciento (78 %) anual, con vigencia desde el 1o de mayo de 2023, de acuerdo a los días transcurridos entre la fecha de vencimiento y el momento en que se haga efectivo el pago.
ARTÍCULO 4°: El recargo establecido en el artículo anterior se aplica únicamente cuando hayan transcurrido más de dos (2) días hábiles desde la fecha del vencimiento de las cuotas de Derecho de Ejercicio Profesional y su pago.
ARTÍCULO 5°: Los profesionales matriculados pueden optar por abonar mediante un solo pago y en forma adelantada el Derecho de Ejercicio Profesional de las cuotas 4 a 12, hasta el día 28 de abril de 2023, con el descuento de una Unidad de Matricula pura al valor actual, que asciende a pesos dos mil doscientos ($ 2.200).
ARTÍCULO 6°: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia por un (1) día, dar a conocimiento de los profesionales matriculados, copiar y archivar.
Cr. Juan Pablo Lopez Lopez, PRESIDENTE - Cr. Enrique H. Calderon, PROSECRETARIO