Atento lo ordenado por la Dra. Guadalupe Valdés Ortiz, Jueza del Amparo, en actuación N° 9220335 de los autos caratulados: “ASOCIACION CIVIL AYNI VS. MANTELECTRIC I.C.I.S.A.; ILUBAIRE S.A.; EDESA S.A.; MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA POR AMPARO COLECTIVO”, EXPTE. N° EXP - 788.957/22, de trámite por ante la Vocalía N° 3 de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, HÁGASE CONOCER la existencia del presente proceso a los miembros de la clase y CÍTESE por edictos, los que se publicarán en el Boletín Oficial, por el término de 5 (cinco) días, a todos aquellos que pudieren verse afectados o tener un interés en su resultado, con el fin de resguardar su derecho de defensa en juicio, otorgándoles la posibilidad efectiva de comparecer a juicio y participar, como parte o contraparte, o de optar por quedar excluidos de sus efectos.
SALTA, 29 de Mayo de 2023.
Dr. José Antonio Morillo, SECRETARIO