DISPOSICIONES



SALTA, 31 de Mayo de 2023

DISPOSICIÓN Nº 6

DIRECCIÓN GENERAL DE BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTO
que el Boletín Oficial de la Provincia de Salta tiene como objetivo prioritario promover la modernización a través del uso de las tecnologías en los servicios brindados, asegurando la transparencia y la fidelidad de la Información Pública, y;

CONSIDERANDO:

Que, conforme surge del actual Manual de Misiones y Funciones de la Dirección General de Boletín Oficial de la Provincia de Salta, aprobado mediante Resolución Delegada Nº 240 D/2021, nuestro organismo ha establecido objetivos de calidad compatibles con la modernización de los procesospropendiendo a un Estado abierto;

Que, el mundo globalizado dominado por el empleo de las tecnologías y las comunicaciones, obliga a los organismos estatales a adaptarse y acortar las distancias con los usuarios, creando espacios virtuales donde éstos interactúen con dinamismo y accedan a los servicios que brinda el organismo con mayor facilidad;

Que, bajo estos preceptos, avanzamos en un programa que se pone a disposición de los usuarios -públicos o privados-, aspirando a la eliminación progresiva de la tradicional presentación en formato papel. La digitalización de los procesos administrativos permitirá optimizar y ahorrar recursos, impulsar trámites seguros vía internet y contribuirá a garantizar otras vías de accesibilidad para con el Estado Provincial

Que, mediante las Disposiciones Nº 42/2020 y Nº 05/2021 se procedió a rediseñar, refuncionalizar y modernizar la página web del Boletín Oficial, desarrollándose tecnologías “responsive” (que permite adaptar la página a las diferentes pantallas de los dispositivos de la actualidad), navegación por las distintas secciones del Boletín Oficial Digital (con avance y retroceso secuencial entre las fechas y ediciones), diseños de nuevos canales de búsquedas, y se adoptaron herramientas de accesibilidad que permiten a las personas con discapacidad visual, comprender, consultar, acceder e interactuar en el sitio web del Boletín Oficial de manera dúctil, ágil, y sin restricciones;

Que, a consecuencia de lo actuado el organismo se erige en una de las dependencias públicas con sitio web de accesibilidad plena y es referente en la materia entre los Boletines Oficiales de Argentina;

Que, en el marco del Plan de Modernización que ejecuta conforme lo dispuesto por Disposición Nº 17/2022 de esta Dirección General, se aprobó el proyecto de “Biblioteca Digital” que permitió la informatización los documentos publicados en el Boletín Oficial desde el día 15 de octubre de 1908 hasta la fecha y toda información que complementa, modifica y deroga las normas provinciales;

Que, siendo este organismo el encargado de dar autenticidad y vigor de ejecución a los actos de gobierno bajo los parámetros y principios de transparencia, acceso a la información pública e igualdad y universalidad de acceso, resulta oportuno avanzar en el proceso de modernización y reestructuración del actual Sistema Informático del Boletín Oficial;

Que, se habilita en esta etapa el Sistema de Autogestión para las Publicaciones de Avisos e Instrumentos que permite a los usuarios de los distintos puntos del país y de la provincia, como también del exterior, gestionar las publicaciones a distancia con manejos de plataformas virtuales para la carga y pago online;

Que, esta innovación democratiza los métodos de publicación de los actos de gobierno y expresa un espíritu federal que coloca en idéntica situación a los usuarios residentes en la capital como en el interior de la Provincia, quienes deberán ser validados y autenticados con intervención y control a cargo del Boletín Oficial de la Provincia de Salta;

Que, similar aplicación ya rige en distintas jurisdicciones de nuestro país, incluyendo el Boletín Oficial de la República Argentina y los de Córdoba, Mendoza y C.A.B.A.;

Que, corresponde dictar el instrumento legal pertinente;

Por ello,

LA DIRECTORA GENERAL

DEL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el desarrollo del Sistema de Autogestión para las publicaciones en el Boletín Oficial de la provincia de Salta, conforme los considerandos de la presente.

ARTÍCULO 2º.- Dejar establecido que la decisión administrativa en el artículo anterior se implementará de manera progresiva, coexistiendo con el actual funcionamiento de recepción, cobro, facturación y corrección para la publicación de instrumentos y avisos en el Boletín Oficial de la provincia de Salta.

ARTÍCULO 3°.- Comunicar, insertar en el libro de disposiciones, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Restom




R. S/C N° 100011995
Orden de Publicación: 100104534
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 01/06/2023

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