CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



LILAC SOLUTIONS SERVICES S.A.U.



Socios
: Armando Isasmendi argentino, DNI N° 24.875.256, CUIT N° 20-24875256-5, nacido el 05 de Septiembre de 1975, quien manifiesta ser abogado, casado en primeras nupcias con Natalia María Stocker y tener domicilio real en calle Joaquín V. González N° 29, Los Zarzos, localidad de San Lorenzo, departamento Capital, de esta provincia.

Instrumento de Constitucion: Escritura Pública N° 60 del 20-04-23.

Denominacion: LILAC SOLUTIONS SERVICES S.A.U.

Domicilio - Sede Social: Jurisdicción de la Ciudad de Salta - Uruguay N° 401, de esta ciudad de Salta, Provincia de Salta.

Plazo de Duracion: 99 años, desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Objeto Social: la sociedad tiene por objeto dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros en cualquier parte de la República Argentina o del extranjero a: (1) Negocios relacionados, directa o indirectamente, con la exploración, el desarrollo, y la explotación de proyectos de litio, y con la producción de productos de litio.- A tal fin, la Sociedad podrá: (a) Investigar, crear, fabricar, desarrollar, importar, exportar, mantener, explotar, instalar y comercializar, tecnología relacionada, directa e indirectamente, con la exploración , el desarrollo, y la explotación de litio, y con la producción e productos de litio; (b) Prestar asesorías, consultorías y servicios profesionales relacionados a la industria del litio; (c) Realizar toda clase de estudios y análisis relacionados con minería, sísmica, geofísica, prospección, perforación, evaluación, localización, extracción o purificación de los productos mencionados, así como trabajos de cateo; (d) Llevar a cabo construcciones y operaciones de perforaciones en tierra firme, instalación de plantas y maquinarias, operación de estructuras e instalaciones relacionadas con la actividad minera; (e) Adquirir, enajenar, ceder, arrendar y en su caso efectuar solicitudes de: minas, pertenencias mineras, permisos de cateo, áreas mineras, manifestaciones de hallazgos, socavones o restauraciones, minas vacantes, expropiaciones de superficie, servidumbres y cualquier otro derecho establecido en el Código de Minería; (f) En general, realizar cualquier acto o contrato, que sea necesario, conveniente o apropiado para la realización del objeto antes enunciado, incluyendo todos los actos permitidos por el Código de Minería, y las leyes complementarias y demás normas que pudieran dictarse en el futuro relacionadas con las actividades mencionadas.- (2) Toda clase de actividades financieras y de inversión, con excepción de las operaciones comprendidas en la Ley de Entidades Financieras u otras por las que se requiera el concurso del ahorro público y dentro de los límites de las leyes y regulaciones vigentes; estando especialmente facultada para la participación en empresas creadas o a crearse en la República Argentina o en el exterior, ya sea mediante la adquisición de acciones, la suscripción de acciones en sociedades constituidas o mediante la constitución de sociedades; la realización de compraventa de activos, sean ellos inmuebles o muebles utilizando a tal fin fondos propios u obtenidos mediante financiación.-

Capital Social: pesos cien mil ($ 100.000), y se divide en cien mil (100.000) acciones ordinarias, nominativas, no endosables, de un peso ($1) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, que son suscriptas en su totalidad por el Armando Isasmendi, argentino, D.N.I. N° 24.875.256 e integradas en dinero en efectivo en un 100 %.

Organo de Administracion y Organo de Fiscalización: la dirección de la sociedad estará a cargo del Directorio, el que estará compuesto del número de miembros titulares que fije la Asamblea, con un mínimo de uno y un máximo de siete, con mandato por tres ejercicios. La Asamblea podrá elegir igual o menor número de suplentes, que se incorporarán al Directorio en el orden de designación.- La asamblea determinará la remuneración del directorio.- Cuando el Directorio sea conformado en forma colegiada, será la Asamblea quien designe al Presidente y, en su caso, un Vicepresidente que lo remplazará en caso de ausencia o impedimento.- La fiscalización de la Sociedad estará cargo de un Síndico Titular y un Síndico Suplente, los que durarán en sus cargos tres ejercicios, siendo reelegibles.

Composicion del primer directorio: Armando Isasmendi Director Titular y Presidente, y Pablo Poma D.N.I. N°38.340.374 como Director Suplente.

Designación del Órgano de Fiscalización: Augusto Dilascio Lopez D.N.I. N° 38.340.230. como Síndico Titular y Federico Abel Muñoz Caro D.N.I. N° 31.948.275, como Síndico Suplente. Todos aceptan los cargos y constituyen domicilio especial en Avenida Uruguay N° 401, de esta ciudad.

Fecha Cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00014972
Orden de Publicación: 100104645
Importe: $7.700,00
Fecha/s de publicación: 06/06/2023

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