SALTA, 2 de junio de 2023
RESOLUCIÓN Nº 80
SECRETARÍA DE MINERÍA Y ENERGÍA
VISTO la Resolución Nº 002/23 de esta Secretaría de Minería y Energía de fecha 16 de Enero de 2023; y,
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 2º de la citada Resolución se dispuso: “La información requerida se comunicará mediante aviso digital al correo electrónico: fiscalypoliciaminera@gmail.com, a modo de adelanto de información y dentro del plazo de 5 (cinco) días, deberán efectuar las presentaciones formales con la documentación respaldatoria.";
Que en el citado artículo de la Resolución se ha incurrido en un error involuntario de transcripción en el correo electrónico al consignar en el artículo 1º: “...correo electrónico: fiscalypoliciaminera@gmail.com,..., cuando en realidad debió decir: “correo electrónico: fiscalypoliciaminerasalta@gmail.com, ...;
Que el artículo 76º de la Ley Provincial Nº 5348 “Ley de Procedimientos Administrativos para la Provincia de Salta” (LPAS) dispone: “En cualquier momento podrán rectificarse de oficio los errores materiales y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto";
Que el art. 109 de la Ley Provincial Nº 5348 establece: “La autoridad administrativa a la que corresponde la dirección de las actuaciones, adoptará las medidas necesarias para la celeridad, economía y eficacia del trámite";
Que así también, el artículo 142º de la citada normativa reza: “La repulsión del procedimiento administrativo se realizará de oficio por los órganos intervinientes en su tramitación, sin perjuicio de la impulsión que puedan darle los interesados...";
Que la Resolución Nº 002/2023, por la cual se amplían las obligaciones establecidas en la Resolución Nº 272/17 de la entonces Secretaría de Minería, es de fecha 16/01/2023, por lo que se está dentro de un plazo razonable para subsanar el error ya mencionado;
Por ello,
LA SECRETARIA DE MINERÍA Y ENERGÍA
DE LA PROVINCIA DE SALTA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º: Rectificar el correo electrónico del artículo 2º de la Resolución Nº 002/2023 de esta Secretaria, emitida en fecha 16/01/2023, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución, el cual quedará redactado de siguiente manera:
“ARTÍCULO 1º: La información requerida se comunicará mediante aviso digital al correo electrónico: fiscalypoliciaminerasalta@gmail.com a modo de adelanto de información y dentro del plazo de 5 (cinco) días, deberán efectuar las presentaciones formales con la documentación respaldatoria."
ARTÍCULO 2º: Registrar, Publicar en el Boletín Oficial y Archivar.
Sassarini