RESOLUCIONES



SALTA, 17 de Mayo de 2023

RESOLUCIÓN Nº 457

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 415 - 192.276/22 - 0 y agregados.

VISTO el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 114/22, para la contratación de la obra “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL DEL MUNICIPIO DE EL BORDO - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que a fs. 170/171, mediante Resolución S.O.P. Nº 872/22, se dispone el llamado a Adjudicación Simple para la ejecución de la obra mencionada, con un presupuesto oficial de $ 65.288.684,97 (pesos sesenta y cinco millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos, con la modalidad de ajuste Alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos a llevar adelante el respectivo llamado y todos los actos tendientes a la preadjudicación de la misma;

Que a fs. 176/239, mediante Resolución Nº 146/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Adjudicación Simple para la contratación de la obra mencionada;

Que según constancias de fs. 247 se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Adjudicación Simple en un diario de circulación loca, a fs. 248 en el Boletín Oficial y a fs. 249 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que conforme al Acta de Apertura de Sobres, de fecha 27 de Diciembre de 2.022 (fs. 268/269), presentaron sus ofertas 2 (dos) empresas: “ROFER S.R.L.”, y “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la ley Nº 8.072 y su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18;

Que a fs. 789/791, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución Nº 146/22 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las ofertas presentadas por las empresas “ROFER S.R.L.” e “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica individual suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuestas y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a sus cotizaciones de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa "ROFER S.R.L.”, en la suma de $ 88.630.117,90 (pesos ochenta y ocho millones seiscientos treinta mil ciento diecisiete con 90/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, que representa un 10,14 % inferior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 792/795, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que en virtud del requerimiento efectuado por la Dirección Nacional de Arquitectura dependiente de la Secretaría de Obras Públicas de la Nación, a fs. 802/920, la empresa "ROFER S.R.L.” presenta la documentación solicitada;

Que a fojas 924/939, obra la No Objeción de Financiamiento otorgada por la Secretaría de Obras Públicas de la Nación para la ejecución de la obra por la suma de $ 88.630.118,70 (pesos ochenta y ocho millones seiscientos treinta mil ciento dieciocho con 70/100), que verifica una diferencia ínfima por la distinta aplicación del redondeo de su Sistema SGO; para todas las obras del Convenio Marco del "Programa de Infraestructura de Centros de Desarrollo Infantil”, celebrado entre el Ministerio de Obras Públicas de la Nación y la Provincia de Salta para la ejecución de obras en todo el territorio provincial, el cual fuera aprobado por Decreto Nº 615/21;

Que a fs. 941, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura realiza la imputación definitiva del gasto de correspondiente;

Que a fs. 942/943, mediante Dictamen Nº 296/23, la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 944, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe Nº 36/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple Nº 114/22, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución S.O.P. Nº 872/22, para la ejecución de la obra “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL DEL MUNICIPIO DE EL BORDO - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 65.288.684,97 (pesos sesenta y cinco millones doscientos ochenta y ocho mil seiscientos ochenta y cuatro con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.022, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2º.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas “ROFER S.R.L.”, y “INVLAC CONSTRUCCIONES S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.

ARTÍCULO 3º.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14 de la Ley Nº 8.072, adjudicar a la empresa “ROFER S.R.L.”, CUIT Nº 30-71445776-0, la ejecución de la obra “CENTRO DE DESARROLLO INFANTIL DEL MUNICIPIO DE EL BORDO - DPTO. GRAL. GÜEMES - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 88.630.118,70 (pesos ochenta y ocho millones seiscientos treinta mil ciento dieciocho con 70/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022, con un plazo de ejecución de 240 (doscientos cuarenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 4º.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “ROFER S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente resolución.

ARTÍCULO 5º.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley Nº 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 60.000.000,00 al Curso de Acción: 092007182101 - Financiamiento: A.E. - A.H. - Otros (299) - Proyecto: 681 - Unidad Geográfica: 99 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 7º.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley Nº 705/57.

ARTÍCULO 8º.- Comunicar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00008017
Orden de Publicación: 100104361
Importe: $7.315,00
Fecha/s de publicación: 29/05/2023

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