ACORDADAS



ACORDADA N° 13.950

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA

En la ciudad de Salta, a los 06 dias del mes de julio del año dos mil veintitrés, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia la señora Presidenta, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que la gestión del expediente digital importa una prioridad de orden institucional en tanto responde a la necesidad de modernizar y agilizar el servicio de justicia, objetivos trazados en el Plan Estratégico III (Acordada 12.345).

Que mediante Acordadas 13.529 y 13.447 esta Corte dispuso la incorporación al proceso de despapelización a los Juzgados de Violencia Familiar y de Género Nros. 1, 2 y 3 del Distrito Judicial del Centro;

Que la instrumentación digital de los procesos de estos juzgados conlleva la necesidad de establecer, un protocolo electrónico de las resoluciones que en ellos se emiten, lo que permitirá agilizar su publicación y garantizar mayores niveles de transparencia y eficiencia en la prestación del servicio de justicia.

Que en este contexto, corresponde reemplazar los libros de sentencias y resoluciones de estos tribunales en soporte papel por su equivalente electrónico que surge del sistema informático de gestión judicial.

Que corresponde instaurar como criterios identificadores para la protocolización: la carátula, la denominación alfanumérica del expediente, el número de actuación, el nombre del magistrado/a, funcionario/a con la  fecha de firma y de publicación.

Que por otro lado, cabe establecer que estos juzgados quedarán exceptuados de las disposiciones relativas al "Libro de Protocolo" previstas en el punto A), inciso II, del Anexo I de la Acordada 114184.

Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 153, ap. I, inc. b) de la Constitución Provincial,

ACORDARON:

I. IMPLEMENTAR a partir del 01 de agosto de 2023; el sistema de protocolización digital de resoluciones que se dicten en los Juzgados de Violencia Familiar y de Géneros Nros. 1, 2 y 3 del Distrito Judicial del Centro.

II. INSTAURAR como criterios identificadores para  la protocolización la carátula, la denominación alfanuméricá del expediente, el número de actuación, y las fechas de firma y publicación.

III. ESTABLECER que los juzgados antes referidos quedarán exceptuados de las disposiciones relativas al "Libro de Protocolo" previstas en el punto A, inciso II, del Anexo I de la Acordada 11.184.

IV. INSTRUIR a la Dirección de Tecnología e Innovación para que arbitre las medidas necesarias tendientes a la implementación de lo dispuesto en la presente.

V. FACULTAR a la Presidencia de esta Corte de Justicia a dictar las normas necesarias para el cumplimiento de lo aquí establecido.

VI. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto, firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que da fe.



Teresa Ovejero Cornejo, PRESIDENTA - María Alejandra Gauffin,  Sandra Bonari, Adriana Rodríguez Faraldo, JUEZAS - Fabián Vittar, Guillermo Alberto Catalano, José Gabriel Chibán, Ernesto R. Samson, JUECES - Dra. María Jimena Loutayf, SECRETARIA DE CORTE DE ACTUACIÓN




R. S/C N° 100012106
Orden de Publicación: 100105676
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 12/07/2023

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