RESOLUCIONES



SALTA, 07 de Julio de 2023

RESOLUCIÓN N° 573

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente N° 125 - 274.149/21 - 0 y agregados.

VISTO la Resolución S.O.P. N° 137/23; y,

CONSIDERANDO:

Que mediante el instrumento legal mencionado (fs. 480/482), se declara fracasado el procedimiento de Adjudicación Simple N° 103/22 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE PILETA OLÍMPICA DE NATACIÓN Y VESTUARIOS EN CAMPO MILITARES - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 106.033.598,97 (pesos ciento seis millones treinta y tres mil quinientos noventa y ocho con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico de la S.O.P., a contratar de manera directa la misma, en el marco de lo dispuesto por el art. 14 último párrafo de la Ley N° 8.072;

Que tal como lo establece el artículo 14 último párrafo de la Ley N° 80.72, cuando el procedimiento de Adjudicación Simple no hubiese logrado su finalidad, la contratación podrá efectuarse de manera directa siempre que el precio ofertado no exceda el cinco por ciento (5 %) del precio testigo que informe la Unidad Central de Contrataciones;

Que de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 1 de la Disposición N° 119/21 de la Unidad Central de Contrataciones, se considera como precio testigo al presupuesto oficial confeccionado por la Secretaría de Obras Públicas por el monto de $ 106.033.598,97 (pesos ciento seis millones treinta y tres mil quinientos noventa y ocho con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, (fs. 491);

Que en ese marco a fs. 524/529, se efectuaron 3 (tres) invitaciones y sus aclaratorias a los de cotizar la ejecución de la obra mencionada;

Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 18 de Mayo de 2.023 (fs. 532/533), presentaron sus ofertas 3 (tres) empresas: “CYL S.R.L.”, “IMECA S.R.L.” y “NORTE ARIDOS S.R.L.”, por los montos y en las condiciones allí detalladas;

Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;

Que a fs. 821/826, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación, la cual recomienda desestimar a las ofertas presentadas por las empresas: “IMECA S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incs. i) y o) del Pliego de Condiciones Particulares y “NORTE ARIDOS S.R.L.” por incumplimiento a los requisitos dispuestos por el artículo 7° incs. i), k), l), ñ) y o) del Pliego de Condiciones Particulares y recomienda declarar admisible (en lo relacionado a los requisitos formales) a la oferta presentada por la empresa “CYL S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el articulo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que al respecto, la Comisión Evaluadora entiende que la oferta de la empresa admisible, cuenta con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficientes para la obra, presenta su cotización y análisis de precios razonables, resultan coherentes su plan de trabajo y la metodología propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres respecto a la cotización de la mano de obra requerida;

Que en consecuencia la Comisión Evaluadora recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa “CYL S.R.L.”, en la suma de $ 204.008.752,68 (pesos doscientos cuatro millones ocho mil setecientos cincuenta y dos con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023, que representa un 2,46 % superior al presupuesto oficial actualizado, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;

Que a fs. 827/832, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;

Que a fs. 834/835, mediante Dictamen N° 345/23, la Asesoría Legal de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;

Que a fs. 836, el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realiza la imputación definitiva del gasto de correspondiente;

Que a fs. 837, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 54/23;

Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 14 de la Ley N° 8.072, artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 16 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;

Por ello,

EL SECRETARIO

DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Adjudicación Simple N° 103/22, llevado adelante por la Dirección de Edificios Públicos y Casco Histórico, encomendado por Resolución S.O.P. N° 137/23 para la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE PILETA OLÍMPICA DE NATACIÓN Y VESTUARIOS EN CAMPO MILITARES - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $106.033.598,97 (pesos ciento seis millones treinta y tres mil quinientos noventa y ocho con 97/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Junio de 2.022, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado.

ARTÍCULO 2°.- Desestimar por inadmisibles a las ofertas de las empresas: “IMECA S.R.L.” y “NORTE ARIDOS S.R.L.”, conforme a los motivos expresados en los considerandos de la presente resolución.

ARTÍCULO 3°.- Declarar admisible a la oferta de la empresa “CYL S.R.L.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos.

ARTÍCULO 4°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 14, último párrafo de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa “CYL S.R.L.”, CUIT N° 30-71427695-2, la ejecución de la obra “CONSTRUCCIÓN DE PILETA OLÍMPICA DE NATACIÓN Y VESTUARIOS EN CAMPO MILITARES - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 204.008.752,68 (pesos doscientos cuatro millones ocho mil setecientos cincuenta y dos con 68/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Mayo de 2.023, con un plazo de ejecución de 300 (trescientos) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.

ARTÍCULO 5°.- Suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa “CYL S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 4° de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.

ARTÍCULO 7°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará hasta la suma de $ 82.000.000,00 al Curso de Acción: 092007161501 - Financiamiento: Ley 27.429 (295) - Proyecto: 474 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 8°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.

ARTÍCULO 9°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De La Fuente




F. V/C N° 0012 - 00008305
Orden de Publicación: 100105726
Importe: $6.864,00
Fecha/s de publicación: 13/07/2023

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