RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 30 de Junio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 411- D/2023

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

VISTO
los pedidos formulados por las asociaciones de prestadores de salud de la Provincia de Salta para la recomposición del valor del BONO CONSULTA y el Acuerdo Salarial para el personal de la Administración Pública Provincial; y

CONSIDERANDO:

Que el Estado Provincial ha acercado la adecuación de las remuneraciones para los distintos sectores de la Administración Pública Provincial, mediante acuerdo salarial del que surge un incremento del 12 % para el mes de mayo y uno del 11 % para el mes de junio del corriente año, sobre la base del salario correspondiente a diciembre de 2022;

Que las proyecciones económicas realizadas a fin de establecer el punto de equilibrio de gastos y calidad prestacional para los afiliados y beneficiarios del sistema que administra el Instituto Provincial de Salud de Salta, permiten planificar prestaciones equitativamente integrales, basadas en parámetros financieros y técnicos adecuados;

Que Gerencia Administrativa procedió a elaborar el informe técnico financiero pertinente, que cuenta con la aprobación de la Sra. Presidente del Directorio;

Que existe disponibilidad presupuestaria para hacer frente al gasto que demande la presente;

POR ELLO y en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley 7127;



EL DIRECTORIO DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER, con vigencia a partir del 1º de junio de 2023, el valor del BONO CONSULTA en la suma de PESOS DOS MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 22/500 ($ 2.642,22).

ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER, a partir del 1º de julio de 2023, el valor del BONO CONSULTA en la suma de PESOS DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 36/100 ($ 2.843,36).

ARTÍCULO 3º.- Los valores indicados en los artículos precedentes regirán también, con igual vigencia, para los Bonos de Consultas ODONTOLÓGICAS, PSICOLÓGICAS y de NUTRICIÓN.

ARTÍCULO 4º.- DEJAR ESTABLECIDO que, con vigencia a partir del 1º de junio de 2023, el monto de copago del afiliado sobre el BONO CONSULTA será de PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA ($ 650,00) para los titulares y beneficiarios del Sector Activo y de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) para los pertenecientes al Sector Pasivo, jubilados y pensionados.

ARTÍCULO 5º.- DEJAR ESTABLECIDO que, a partir del 1º de julio de 2023, el monto de copago del afiliado sobre el BONO CONSULTA será de PESOS SETECIENTOS ($ 700,00) para los titulares y beneficiarios del Sector Activo y de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) para los pertenecientes al Sector Pasivo, jubilados y pensionados.

ARTÍCULO 6º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente se imputará al Ejercicio Presupuestario 2023.

ARTÍCULO 7º.- Notificar, efectuar las comunicaciones pertinentes, publicar en el Boletín Oficial, insertar en el Libro de Resoluciones y ARCHIVAR.



Sanchez - Herrera




F. N° 0011 - 00015654
Orden de Publicación: 100105974
Importe: $2.310,00
Fecha/s de publicación: 24/07/2023

Responsive image Responsive image