SALTA, 27 de Junio de 2023
RESOLUCIÓN N° 108
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
Expediente N° 125 - 154.806/22 - 0 y agregados.
VISTO la Resolución N° 03/23 del Ministerio de Infraestructura; y,
CONSIDERANDO:
Que mediante el instrumento legal mencionado, se declara desierto el procedimiento de Licitación Pública N° 26/22 para la ejecución de la obra "RECAMBIO DE COLECTORA EN DIVERSOS BARRIOS DE TARTAGAL - ETAPA II - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 148.034.722,94 (pesos ciento cuarenta y ocho millones treinta y cuatro mil setecientos veintidós con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos, con la modalidad de ajuste alzado y se autoriza a la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, dependiente del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, a realizar un segundo llamado a Licitación Pública, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. b), ultimo párrafo de la Ley N° 8.072 y del artículo 18 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que a fs. 232/266, mediante Resolución N° 14/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, se aprueban los Pliegos de Bases y Condiciones Particulares, la Memoria Descriptiva, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes y se realiza el Llamado a Licitación Pública para la contratación de la obra mencionada;
Que según constancias de fs. 274/275, se ha dado cumplimiento con las debidas publicaciones del llamado a Licitación Pública en dos diarios de circulación local, a fs. 276 en el Boletín Oficial, a fs. 277 en la página web http://obraspublicas.salta.gob.ar, garantizándose así el cumplimiento de los principios generales enunciados en los artículos 9 y 30 de la Ley N° 8.072 y arts. 9, 10, 40 y 41 de su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que en ese marco a fs. 278/279, se efectuaron las invitaciones a cotizar la ejecución de la obra mencionada;
Que conforme el Acta de Apertura de Sobres, de fecha 28 de Abril de 2.023 (fs. 299/300), presentaron sus ofertas 02 (dos) empresas: "JUAN PEDRO GARÍN CONSTRUCCIONES S.A.” y "TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, por el monto y en las condiciones allí detalladas;
Que de las actuaciones cumplidas surge que el procedimiento de contratación se ha llevado a cabo en un todo de acuerdo con las disposiciones aplicables del Régimen de Contrataciones de la Provincia, establecido en la Ley N° 8.072 y su Decreto Reglamentario N° 1.319/18;
Que a fs. 455/457, rola el informe de la Comisión de Preadjudicación designada mediante Resolución N° 14/23 de la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, la cual recomienda declarar admisibles, en lo relacionado a los requisitos formales, a las oferta presentadas por las empresas "JUAN PEDRO GARÍN CONSTRUCCIONES S.A.” y "TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, pasando a la evaluación de los criterios dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que al respecto, Comisión Evaluadora entiende que las ofertas de las empresas admisibles, verifican técnicamente lo requerido en los pliegos, cuentan con capacidad de ejecución anual y capacidad técnica suficientes para esta obra, presentan sus cotizaciones y análisis de precios razonables, cumplen con las planillas de Datos Garantizados, resultan coherentes sus planes de trabajo y las metodologías propuesta y sus equipamientos son suficientes, reflejando también el cumplimiento de los valores vigentes al momento de la apertura de sobres en lo relacionado a sus cotizaciones de la mano de obra requerida;
Que en consecuencia la Comisión Evaluadora. recomienda preadjudicar la contratación en cuestión a la empresa "TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, en la suma de $ 282.853.123,33 (pesos doscientos ochenta y dos millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento veintitrés con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, que representa un 8,78 % superior al presupuesto oficial actualizado a valores de marzo de 2.023, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos y a ejecutarse por la modalidad de ajuste alzado, por cumplir con los requerimientos técnicos y formales necesarios, siendo la oferta de menor precio y resultar la más conveniente por cumplimentar satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares;
Que a fs. 458/461, rolan las constancias de las notificaciones del Informe de Preadjudicación a los oferentes, sin que se presenten impugnaciones al mismo;
Que a fs. 464 vta., el Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, ratifica la imputación presupuestaria del gasto obrante a fs. 222;
Que a fs. 465/466, mediante Dictamen N° 378/23, la Asesoría Legal de la Coordinación Legal y Técnica de la Secretaría de Obras Públicas, toma intervención, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de adjudicación correspondiente;
Que a fs. 467, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura toma la intervención que le compete mediante Informe N° 53/23;
Que atento a las disposiciones contenidas en el artículo 15 inc. b) de la Ley N° 8.072 artículos 5 inciso B) apartado 7), 7 y 18 del Decreto Reglamentario N° 1.319/18, corresponde dictar el instrumento administrativo aprobatorio;
Por ello,
EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Aprobar el procedimiento de Licitación Pública N° 05/23, llevado adelante por la Subsecretaría de Procedimientos de Contrataciones de Obras Públicas, encomendado por Resolución N° 03/23 del Ministerio de Infraestructura, para la ejecución de la obra "RECAMBIO DE COLECTORA EN DIVERSOS BARRIOS DE TARTAGAL - ETAPA II - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, con un presupuesto oficial de $ 148.034.722,94 (pesos ciento cuarenta y ocho millones treinta y cuatro mil setecientos veintidós con 94/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.022, con la Modalidad de Ajuste Alzado y con plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos.
ARTÍCULO 2°.- Declarar admisibles a las ofertas de las empresas "TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.” y "JUAN PEDRO GARÍN CONSTRUCCIONES S.A.”, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y en ese orden de prelación.
ARTÍCULO 3°.- En el marco de lo dispuesto por el artículo 15 inc. b) de la Ley N° 8.072, adjudicar a la empresa "TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, CUIT N° 30-71216735-8, la ejecución de la obra "RECAMBIO DE COLECTORA EN DIVERSOS BARRIOS DE TARTAGAL - ETAPA II - DPTO. GRAL. SAN MARTÍN - PROVINCIA DE SALTA”, por un monto de $ 282.853.123,33 (pesos doscientos ochenta y dos millones ochocientos cincuenta y tres mil ciento veintitrés con 33/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, con un plazo de ejecución de 180 (ciento ochenta) días corridos contados a partir del Acta de Inicio de los Trabajos y a ejecutarse con la modalidad de Ajuste Alzado, por cumplir con los requisitos formales y técnicos requeridos y resultar la más conveniente por contener el menor precio ofertado y cumplir satisfactoriamente con los criterios de evaluación dispuestos por el artículo 14 del Pliego de Condiciones Particulares.
ARTÍCULO 4°.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir el Contrato de Obra Pública con la empresa "TODOCONSTRUCCIÓN S.R.L.”, por el monto y las condiciones previstas en el artículo 3° de la presente Resolución.
ARTÍCULO 5°.- Dejar establecido que en cumplimiento de la Ley N° 7.070, la Empresa contratista presentará de corresponder, el estudio ambiental, conforme a lo ordenado en la Documentación Técnica y Pliegos de Condiciones Generales y Particulares.
ARTÍCULO 6°.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará la suma de $ 148.034.722,94 al Curso de Acción: 092038010302 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 842 - Unidad Geográfica: 56 - Ejercicio: 2.023.
ARTÍCULO 7°.- Establecer que la Secretaría de Obras Públicas en coordinación con la Oficina Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Servicios Públicos, preverán la partida de fondos necesarios a invertir en el Ejercicio 2.024 para la terminación de dicha obra, conforme lo establece el artículo 16 inciso a) del Decreto Ley N° 705/57.
ARTÍCULO 8°.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Camacho