RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 7 de Agosto de 2023

RESOLUCIÓN N° 1.611

DEFENSORÍA GENERAL

MINISTERIO PÚBLICO DE SALTA

VISTO:

La Acordada N° 13.893/23 y 13.932 de la Corte de Justicia de Salta y las facultades otorgadas a esta Defensoría General por el art. 46 de la Ley N° 7.348, Orgánica del Ministerio Público y la Resolución N° 1.530/23 de la Defensoría General; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 1530/23, de esta Defensoría General, en fecha 13/02/2023 se dispuso que los Sres. Defensores Oficiales Penales, que sean notificados de una audiencia multipropósito, en el marco del Plan Piloto de Oralidad implementado por la Acordada CJS N° 13.847/23, deberán asistir a la misma, ya sean los nombrados o sus Secretarios Letrados, en este último caso, bajo la dirección del Defensor Oficial y siguiendo las instrucciones generales o particulares recibidas.

Que en fecha 05/04/2023 mediante Acordada CJS N° 13.893 se dispuso la implementación del “Plan Piloto de Oralidad” para la apelación de las resoluciones de prisión preventiva, dispuestas por los juzgados incluidos en el plan piloto establecido mediante Acordada 13.847, cuya efectivización se encuentra a cargo de una oficina judicial, en la que intervienen la Vocalía 1 de la Sala I, la vocalía 1 de la Sala II; vocalías 1 y 2 de la Sala III y la vocalía 1 de la Sala IV del Tribunal de Impugnación.

Mientras que, mediante Acordada CJS N° 13.932 de fecha 07/06/2023 se incorporó al “Plan Piloto de Oralidad” para la apelación de las resoluciones de prisión preventiva dispuestas por los Juzgados de Garantías incluidos mediante Acordada N° 13.915 a las Vocalías 2 y 3 de la Sala II; a las vocalías 2 y 3 de la Sala I; a la vocalía 3 de la Sala III y a las vocalías 2 y 3 de la Sala IV del Tribunal de Impugnación.

Que a fin de garantizar la asistencia técnica de los imputados cuyas causas tramiten ante el Tribunal de Impugnación que forman parte del Plan Piloto y a fin de evitar dilaciones innecesarias o fracaso de la audiencia de apelación de la prisión preventiva, por imposibilidad de concurrencia física a la misma, por parte de los Defensores Oficiales Penales, resulta adecuado ampliar la Resolución DG N° 1.530/23 a la audiencia que se celebren ante el referido Tribunal.

Por ello, y con el objeto de capitalizar los recursos técnicos con los que cuenta este Ministerio Público, resulta necesario autorizar a los Secretarios Letrados de la Defensa Pública, a participar en estas audiencias del plan piloto que se celebran ante el Tribunal de Impugnación, bajo las instrucciones de los Sres. Defensores Oficiales Penales.

Por todo ello,

EL SR. DEFENSOR GENERAL

RESUELVE

1) AMPLIAR los efectos de la Resolución N° 1.530/23 a las audiencias de apelación de la prisión preventiva que se celebren ante el Tribunal de Impugnación, en el marco del Plan Piloto implementado por la Acordada de Corte N° 13.893/23 y 13.932/23.

2) ESTABLECER que los Sres. Secretarios Letrados actuarán en la audiencia referenciada en el punto 1) de la presente, bajo la dirección del Defensor Oficial y siguiendo las instrucciones generales o particulares recibidas.

3) REGÍSTRESE, notifíquese, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia y comuníquese con copia de la presente a la Corte de Justicia.



Dr. Martin Diez Villa, DEFENSOR GENERAL - Dra. Francisca Saravia, SECRETARIA DE ACTUACIÓN




R. S/C N° 100012174
Orden de Publicación: 100106474
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 11/08/2023

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