DISPOSICIONES



SALTA, 9 de Agosto de 2023

DISPOSICIÓN Nº 12

DIRECCIÓN GENERAL DE BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA

VISTO
el Sistema de Autogestión para las publicaciones en el Boletín Oficial de la provincia de Salta, aprobado mediante la Disposición Nº 06/2023 de este organismo; y,

CONSIDERANDO:

Qué el mencionado sistema se lanzó a efectos de implementar de manera progresiva y sistemática, desarrollos tecnológicos que actualicen y modernicen el actual sistema informático del Boletín Oficial, habilitando, con mayor dinamismo y cercanía, la interacción con los usuarios a través de trámites seguros en plataformas virtuales;

Que, con el creciente avance de la tecnología en las comunicaciones, este Sistema de Autogestión para las Publicaciones proyectó no sólo la modernización y optimización de los procesos, sino la visión de un cambio de paradigma que abandona el uso de los documentos en formato papel, implementa firmas digitales, herramientas de accesibilidad y de retroalimentación de la información, accesos instantáneos y no presenciales de todos los servicios, la multimedialidad, entre otros avances tecnológicos;

Que, con la implementación del Plan Piloto del Sistema de Autogestión para las publicaciones de edictos sucesorios en el Boletín Oficial que se instauró de manera virtual en la página web www.boletinoficialsalta.gob.ar, conforme lo aprobado por la Disposición Nº 07/23 de esta Dirección, se constató que con la previa registración y validación de los usuarios, carga de los instrumentos suscriptos digitalmente y pago online, se han gestionado las publicaciones a distancia de forma ágil, segura, accesible y desde los distintos puntos de la provincia;

Que en este proceso de actualización digital, no solo se logró compatibilizar el sistema informático de este organismo a la nueva modalidad de publicación dispuesta por la Corte de Justicia de la Provincia de Salta en la Acordada Nº 13.904, y trabajar conjuntamente con la Oficina Judicial de Gestión Asociada (OfiGA), sino que los beneficios fueron ampliamente recibidos por el Colegio de Abogados y Procuradores de la provincia, los letrados, las defensorías oficiales, y los demás juzgados de la provincia quienes instaron se proyecte los trámites a distancia y la simplificación de los procesos, para la publicación de los edictos y avisos en el Boletín Oficial que se requieren a lo largo de los distintos trámites judiciales;

Que si bien en esta primera instancia se puso en marcha el trámite virtual para la publicación de edictos sucesorios, este constituye uno de los avisos que se publican en las ediciones diarias del Boletín Oficial Digital, coexistiendo a la fecha con la modalidad de presentación presencial y con firma ológrafa en las otras categorías, por ello, y en el marco del Plan de Modernización que se lleva adelante -Disposición BO Nº 06/23-, es objetivo de este organismo avanzar, reestructurar, rediseñar y actualizar de manera progresiva, todo el sistema informático -software- del Boletín Oficial a este sistema de autogestión de las publicaciones a distancia y de manera virtual;

Que, con similar criterio, se ha proyectado para el presente ejercicio “
Publicar online a través de la página web del Boletín Oficial o por otros medios que se pudieran implementar, que consistirá en la recepción de avisos, facturación y pago electrónico.” conforme surge de la Ley Nº 8363 -Presupuesto General de la Provincia de Salta - Ejercicio 2023 (pag. 145);

Que, por lo expuesto, se advierte como pertinente incorporar progresivamente al Sistema de Autogestión de las publicaciones virtuales en la página web www.boletinoficialsalta.gob.ar, las distintas Secciones del Boletín Oficial -Administrativa, Municipal, Judicial, Comercial, General- previa registración por el usuario y validación por el Boletín Oficial;

Que primeramente, se procederá a desarrollar e implementar este sistema de manera progresiva en todos los avisos que se publiquen en la Sección Judicial del Boletín Oficial, a saber: Edictos de mina; Exploración de Cateo; Descubrimiento de yacimiento, Mensura, Deslinde y Demarcación; Caducidad de minas, todo ello conforme a lo establecido en el Código de Minería; Edictos de Apremio; Cédulas; Sentencias; Emplazamientos; Caducidad y Anulación de Minas; Citación a juicios; Citaciones; Edictos de Quiebras; Sucesorios; Edictos Judiciales; Edictos rectificación de partida (sustitución de nombre, cambio de nombre, adición o rectificación de apellido, etc.); Herencias vacantes; Concursos Civiles y Preventivos; Posesiones Veinteañales; Edictos de Usucapión; Divisiones de condominio; Remates Judiciales; Remates Administrativos; y todo lo que por Ley o autoridad competente así lo ordenare;

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,

LA DIRECTORA GENERAL

DEL BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE SALTA

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Incorporar al Sistema de Autogestión para las publicaciones, a partir del 14 de agosto de 2023, los avisos y edictos que se publican en la Sección Judicial del Boletín Oficial, los cuales se tramitarán de manera virtual en la página web www.boletinoficialsalta.gob.ar, previa registración de los usuarios y validación por este organismo.

ARTÍCULO 2º.- Autorizar las capacitaciones que fueren necesarias, tendientes al cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1º de la presente.

ARTÍCULO 3°.- Poner a disposición de los usuarios en la página web del organismo, un cuadro explicativo del procedimiento para publicación en la Sección Judicial, a los fines de garantizar el derecho a la accesibilidad del procedimiento administrativo de publicación.

ARTÍCULO 4º.- Comunicar a la Corte de Justicia de la Provincia de Salta y al Colegio de Abogados y Procuradores de la Provincia de Salta.

ARTÍCULO 5º.- Registrar, insertar en el libro de disposiciones, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Restom




R. S/C N° 100012181
Orden de Publicación: 100106573
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 11/08/2023

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