RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



SALTA, 31 de Julio de 2023

RESOLUCIÓN Nº 545 - D/2023

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

VISTO
el Regimen de Afiliaciones Individuales, aprobado por Resolución Nº 107-D/19; y

CONSIDERANDO:

Que Gerencia Administrativa, habiendo efectuado el análisis económico financiero pertinente, sugirió la actualización de la cuota mensual de Afiliación Individual;

Que dicha propuesta se fundamenta en el incremento del valor de las prestaciones y servicios que brinda la obra social para la preservación de la salud de sus afiliados, de manera que el sistema resulte autosustentable y no afecta los recursos provenientes del Sistema de Afiliaciones Públicas;

Que el Artículo 10° inciso c) de la Ley 7127 confiere al Directorio del Instituto Provincial de Salud de Salta la facultad y el deber de
“fijar la política a seguir con respecto a los servicios de salud; organizar y resolver el financiamiento de los mismos";

POR ELLO y en ejercicio de las facultades conferidas por Ley 7127;

EL DIRECTORIO DEL

INSTITUTO PROVINCIAL DE SALUD DE SALTA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- ESTABLECER, a partir del 1º de septiembre de 2023, el valor de la cuota mensual de AFILIACIÓN INDIVIDUAL voluntaria, Resolución Nº 107-D/19, según el siguiente esquema:

-0 a 18 años $ 18.900,00

-19 a 35 años $ 21.300,00

-36 a 64 años $ 22.300,00

-65 años en adelante $ 26.000,00

ARTÍCULO 2º.- ESTABLECER, a partir del 1º de octubre de 2023, el valor de la cuota mensual de AFILIACIÓN INDIVIDUAL voluntaria, Resolución Nº 107-D/19, según el siguiente esquema:

- 0 a 18 años $ 20.300,00

- 19 a 35años $ 23.200,00

- 36 a 64 años $ 24.500,00

- 65 años en adelante $ 28.400,00

ARTÍCULO 3°.- ESTABLECER, a partir del 1º de noviembre de 2023, el valor de la cuota mensual de AFILIACIÓN INDIVIDUAL voluntaria, Resolución N° 107-D/19, según el siguiente esquema:

- 0 a 18 años $ 21.900,00

- 19 a 35 años $ 25.100,00

- 36 a 64 años $ 26.500,00

- 65 años en adelante $ 30.700,00

ARTÍCULO 4º.- ENCOMENDAR a GERENCIA ADMINISTRATIVA el ordenamiento y cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución.

ARTÍCULO 5º.- Notificar, efectuar las comunicaciones pertinentes, publicar en el Boletín Oficial, insertar en el Libro de Resoluciones y ARCHIVAR.



Sanchez
- Herrera - Vicente -




F. N° 0011 - 00016001
Orden de Publicación: 100106684
Importe: $1.650,00
Fecha/s de publicación: 17/08/2023

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