AVISOS COMERCIALES



KIRO MOTORS S.R.L. - AMPLIACIÓN OBJETO SOCIAL



Según Acta de Reunión de Socios Nº 8 del 19 de mayo de 2023 se decidió la ampliación del objeto social, modificando el artículo tercero del contrato social, el cual queda redactado de la siguiente manera: "Tercero: tiene por objeto la realización por sí, por cuenta de terceros o asociada a terceros, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, de las siguientes actividades: a) Comercializacion: de vehículos livianos y pesados de industria nacional y/o importados, sus repuestos y accesorios nacionales y/o importados. Comercialización, compra y venta por cuenta propia o de terceros, reparación y mantenimiento de maquinarias agrícolas, viales e industriales, así también como el almacenamiento y venta de cubiertas, carrocerías, repuestos y accesorios a los bienes detallados.; b) Servicios: de mecánica general y pre y/o pos venta; c) Representación y distribución de vehículos livianos y/o pesados de marcas nacionales y/o extranjeras y maquinarias agrícolas, viales e industriales; d) Alquiler de Automotores: alquiler de vehículos (autos, camiones, camionetas, motos, motonetas, bicicletas y cualquier otro tipo de vehículos), con y sin chofer, pudiendo para ello adquirir franquicias, tomar representaciones y comisiones. A tal fin podrá alquilar autos propios o ajenos dados a la sociedad pare este fin y para ser conducidos por los arrendatarios por la República Argentina o fuera de ella; pudiendo comprar o vender los mismos, realizar contratos de locación, de compra venta, de todos los equipos y accesorios necesarios para el cumplimiento del objeto. Podrá representar como franquiciado, o agente de empresa dedicada a turismo y rentas de automóviles, contratando su relación comercial en las condiciones y términos que el sistema de franquicia prevea. Podrá representar como franquiciado, productor o agente de empresas hoteleras, turismo y rent a car, tendientes a las coberturas de los servicios que conformen al objeto deba cubrir, como así también los rubros que las aseguradoras exijan o presenten. Para el cumplimiento de su objeto la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, inclusive las prescriptas por los arts. 375 y concordantes del Código Civil y art. 5° del Libro II, Titulo X del Código de Comercio. Para su cumplimiento la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y realizar todo tipo de actos, contratos y operaciones no prohibidas por las leyes, o este contrato, y que se vinculen con su objeto social, pudiendo para todo ello contraer con toda clase de empresas, sean públicas o privadas, ya sea en contratación privada o licitación pública; incluso adquirir o enajenar bienes registrables, intervenir en actuaciones ante entidades financieras y bancarias y otorgar toda clase de poderes generales o especiales y podrá asimismo anotarse como importadora o exportadora para realizar negocios dentro y fuera del país."



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00015674
Orden de Publicación: 100106029
Importe: $2.145,00
Fecha/s de publicación: 26/07/2023

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