AVISOS GENERALES



SALTA, 10 de julio de 2023

RESOLUCION GENERAL Nº 3.762

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECONÓMICAS DE SALTA

VISTO:

El Artículo 24 de la Ley Nacional Nº 20.488 que autoriza a los Consejos, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio, a percibir el derecho citado, situación que para la Provincia de Salta es homologada por el Artículo 15 de la Ley Nº 6.576 y por el Artículo 46 de la Ley Nº 4.582, los que además facultan al Consejo Profesional a fijar los montos respectivos;

Los Artículos Nros. 21, 22, 23, 25 y 26 de la Resolución General N° 3.134 “Reglamento de Matrícula y Registros” referentes al Derecho de Inscripción y Ejercicio Profesional;

CONSIDERANDO:

Que resulta necesaria la fijación del valor correspondiente, a partir del mes de agosto de 2023;

Que se detectan incrementos significativos por efecto de la inflación en algunos costos para la prestación de los servicios a cargo de este Consejo Profesional;

Que el Consejo se encuentra implementando y desarrollando una serie de proyectos destinados a brindar nuevos y mejores servicios a los matriculados, así como mejorar los servicios vigentes;

Que el Consejo ha efectuado un análisis y estudio de los costos fijos operativos y de los costos por servicios, para fijar el nuevo valor de la Unidad de Matrícula del Derecho de Ejercicio Profesional;

Que conforme al Artículo 3° inciso k) de la Ley Nº 6.576 y al capítulo II de la Resolución General N° 3.134 “Reglamento de Matrícula y Registros” el Consejo Profesional puede fijar los montos por derecho de inscripción y de ejercicio profesional, dentro de las condiciones que estime necesario.                                                                                                                 

POR TODO ELLO:

EL CONSEJO DIRECTIVO DEL

CONSEJO PROFESIONAL DE CIENCIAS ECÓNOMICAS DE SALTA

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º: Fijar la cuota mensual por Derecho de Ejercicio Profesional conforme el siguiente detalle:

a) A partir del mes de agosto de 2023 en pesos tres mil doscientos ($ 3.200), que se compone de Unidad de Matrícula en pesos tres mil ($ 3.000) y la Unidad Servicios Solidarios pesos doscientos ($200).

b)  A partir del mes de diciembre de 2023 en pesos cuatro mil trescientos ($ 4.300), que se compone de Unidad de Matrícula en pesos cuatro mil cien ($ 4.100) y la Unidad Servicios Solidarios Pesos doscientos ($ 200).

El importe de la Unidad Servicios Solidarios podrá variar en función del incremento del valor del Seguro y Fondo Solidario que la componen, actualmente en pesos noventa ($ 90) y pesos ciento diez ($ 110) respectivamente.

ARTÍCULO 2º: Derogar la Resolución General Nro. 3.719 del 13 de marzo de 2023 y dejar sin efecto toda disposición que se oponga a la presente.

ARTÍCULO 3º: Publicar en el Boletín Oficial de la Provincia por un (1) día, dar a conocimiento de los profesionales matriculados, copiar y archivar.



Cr. Juan Pablo López López, PRESIDENTE - Cr.  Enrique H. Calderón, PROSECRETARIO




F. N° 0011 - 00015709
Orden de Publicación: 100106096
Importe: $2.200,00
Fecha/s de publicación: 28/07/2023

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