CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



FERCOPIN S.A.S.



Por instrumento privado, de fecha 31 de mayo de 2023 se constituyó la sociedad por acciones simplificada denominada FERCOPIN S.A.S., con domicilio en la Jurisdicción de la Provincia de Salta, y sede social en avenida Ricardo Balbín y Perón, manzana 1, lote 3, barrio Retiro; jurisdicción de Cerrillos; de la provincia de Salta; de la República Argentina.

Socios: Agostina de los Angeles Yapura, DNI Nº 41.940.267, CUIT 27-41940267-8, de nacionalidad argentina, nacida el 21 de mayo de 1999 profesión comerciante, estado civil: soltera, con domicilio en la avenida Ricardo Balbín y Perón, manzana 1, lote 3, barrio Retiro jurisdicción de Cerrillos de la provincia de Salta, Lucas Exequiel Yapura, DNI Nº 45.436.289, CUIT 20-45436289-7, de nacionalidad argentino, nacido el 17 de septiembre de 2.004, ocupación: comerciante, estado civil: soltero, con domicilio en la avenida Ricardo Balbín y Perón, manzana 1, lote 3, barrio Retiro jurisdicción de Cerrillos de la provincia de Salta, Soledad de los Angeles Callo, DNI 26.662.994, CUIT 27-26662994-5, de nacionalidad argentina, nacida el 22 de julio de 1978, profesión profesor para EGB 3 y polimodal en geografía, estado civil: casada primera nupcias con Jose Luis Yapura con domicilio en la avenida Ricardo Balbín y Perón, manzana 1, lote 3, barrio Retiro jurisdicción de Cerrillos, de la provincia de Salta y Jose Luis Yapura, DNI Nº 25.005.257, CUIT 20-25005257-0, de nacionalidad argentino, nacido el 26 de enero de 1976, ocupación: comerciante, estado civil: casado en primeras nupcias con Soledad de los Angeles Callo, con domicilio en la Avenida Ricardo Balbín y Perón, manzana 1, lote 3, barrio Retiro jurisdicción de Cerrillos.

Plazo de Duración: 30 años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto, realizar por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, las siguientes actividades, con exclusión de las limitaciones del art. 39 de la Ley 27.349 a) La compraventa por menor y mayor de materiales para la construcción, sus accesorios, todos los productos y subproductos que hacen al objeto principal, artículos de ferretería. Realizar por cuenta propia o por cuenta de terceros o asociada a terceros la compraventa, distribución y fraccionamiento de toda clase de materiales y productos para la construcción afines al objeto social; representación, comercialización, de materiales y productos para la construcción en sus más variados tipos y/o cualesquiera de sus partes integrantes. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones y ejecutar todos los actos que no se encuentren expresamente prohibidos por las leyes o por este estatuto. b) Prestaciones de servicios para la industria minera, entre otros: Servicio de asesoramiento para todo tipo de actividades incluida la actividad minera, relacionados con las áreas de recursos humanos, personal, seguridad social, higiene y seguridad en el trabajo, entre otras: estudios, proyectos, capacitación del personal, diseño e implementación de planes y programas, modificación, renovación, transformación y mejoras en las áreas relacionadas; planificación previsional de las organizaciones; resolución de conflictos en toda materia laboral, previsional, seguridad social e higiene y seguridad. Representación de personas o instituciones en cuestiones administrativas o judiciales relacionadas con las áreas mencionadas. Asesoramiento integral por cuenta propia o ajena o asociada a terceros para la organización o en lo relativo a asistencia técnica en los sectores o actividades mencionados. c) Fabricación y venta de línea textil de limpieza como rejillas, trapos de piso, franela y paños absorbentes Además distribuimos diversos artículos de limpieza como cloro, desodorantes, detergentes, ceras, lavandina, desinfectantes, cepillos, secadores, escobas, escobillones, trapos de piso, guantes, baldes, y demás artículos comprendidos en el rubro. (Aclaración: redacción del objeto social les corresponde a los socios -conforme art. 36 inc. 4 Ley 27.349-, y teniéndose en cuenta las limitaciones del art. 39 de la Ley 27.349.)

Capital: $ 200.000, dividido por 200.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables de $1 y un voto cada una, suscriptas por Agostina de los Angeles Yapura, suscribe la cantidad de 20.000 (veinte mil) acciones, Lucas Exequiel Yapura, suscribe la cantidad de 20.000 (veinte mil) acciones, Soledad de los Angeles Callo, suscribe la cantidad de 80.000 (ochenta mil) acciones y Jose Luis Yapura, suscribe la cantidad de 80.000 (ochenta mil) acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. El capital se integra en efectivo en un 25% y el saldo en el plazo de 2 años.

Administración: la administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Durante todo el tiempo en el cual la sociedad la integre un único socio, éste podrá ejercer las atribuciones que la ley le confiere a los órganos sociales, en cuanto sean compatibles, incluida la administración y representación legal. Cuando la administración fuere plural, las citaciones a reunión del órgano de administración y la información sobre el temario, se realizarán por medio fehaciente. También podrá efectuarse por medios electrónicos, en cuyo caso, deberá asegurarse su recepción. Las reuniones se realizarán en la sede social o en el lugar que se indique fuera de ella, pudiendo utilizarse medios que permitan a los participantes comunicarse simultáneamente entre ellos. Para la confección del acta rigen las previsiones del tercer párrafo del artículo 51 de la Ley Nº 27.349. Las resoluciones se adoptarán por mayoría absoluta de votos de los miembros presentes. Los administradores podrán auto convocarse para deliberar sin necesidad de citación previa, en cuyo caso las resoluciones adoptadas serán válidas si asisten la totalidad de los miembros y el temario es aprobado por mayoría absoluta. Quien ejerza la representaci6n de la sociedad obliga a ésta por todos los actos que no sean notoriamente extraños al objeto social. Administradores: Administrador Titular: Soledad de los Angeles Callo, DNI 26.662.994, domicilio especial en Avenida Ricardo Balbín y Perón, manzana 1, lote 3, barrio Retiro jurisdicción de Cerrillos de la provincia de Salta; de la República Argentina. Administrador Suplente: Jose Luis Yapura, DNI N° 25.005.257 domicilio especial en avenida Ricardo Balbín y Perón, manzana 1, lote 3, barrio Retiro, jurisdicción de Cerrillos de la provincia de Salta de la República Argentina.

Fiscalización: se prescinde del órgano de fiscalización.

Fecha del cierre del Ejercicio económico: 31/12.



Sierra, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00015716
Orden de Publicación: 100106107
Importe: $5.665,00
Fecha/s de publicación: 28/07/2023

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