ACORDADAS



ACORDADA N° 13.981

CORTE DE JUSTICIA DE SALTA

En la ciudad de Salta, a los 05 días del mes de setiembre de dos mil veintitrés, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia la señora Presidenta, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,

DIJERON:

Que por Ley 8097 se estableció el Régimen de Responsabilidad Penal Juvenil para Niñas, Niños y Adolescentes en la provincia de Salta, aplicable a las causas por delitos cometidos exclusivamente o con la participación de niñas, niños o adolescentes que, a la fecha de comisión del hecho, no hubiesen cumplido la edad de dieciocho (18) años.

Que la entrada en vigencia de este proceso especializado acusatorio fue prorrogada sucesivamente por Leyes 8165 (B.O. N° 20633, 26/11/2019), 8207 (B.O. N° 20822, 12/09/2020) y 8266 (B.O. N° 21070, 10/09/2021).

Que la Ley 8333 (B.O. N° 21314 del 19/09/2022), además de diferir la vigencia del nuevo régimen hasta el 5 de setiembre de 2023, creó una comisión especial con el objeto de que proponga las reformas legislativas necesarias y un plan progresivo para su implementación; de cuya labor surgió el proyecto que, en definitiva, terminó sancionándose por la Legislatura provincial.

Que la Ley 8389 (B.O. N° 21.546 del 05/09/2023), en su artículo 16, expresamente establece que en el Distrito Judicial del Centro, las disposiciones del nuevo régimen procesal penal juvenil entrarán en vigencia desde el vencimiento de la prórroga establecida por Ley 8333, supeditada a la "...previa adecuación de las respectivas estructuras y equipos del Poder Judicial y del Ministerio Público".

Que a ese fin, cabe señalar que los procesos de implementación
y su puesta en funcionamiento demandan la necesidad de avanzar en conjunto y coordinadamente con el Ministerio Público, de forma tal que aquella adecuación de estructuras y equipos sea realizada en un lapso razonable de tiempo, a fin de garantizar la eficaz vigencia de este nuevo régimen penal juvenil.

Que en cumplimiento de ese requisito de adecuación estipulado en la ley, se torna necesario, oportuno y conveniente el dictado de la presente acordada.

Por ello y lo dispuesto por los artículos 153 apartado I inciso b) de la Constitución de la Provincia y 16, primer párrafo de la Ley 8389,

ACORDARON:

I. COORDINAR con el Ministerio Publico, mediante la celebración de acuerdos, la organización funcional administrativa, edilicia e informática para el funcionamiento del régimen procesal penal juvenil establecido por Ley 8097 y modificatorias; fijando como plazo para la adecuación del nuevo régimen el 1° de diciembre de 2023.

II. FACULTAR a Presidencia de esta Corte de Justicia a dictar las medidas tendientes a la aplicación de lo aquí dispuesto.

III. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página Web del Poder Judicial de Salta y PUBLICAR en el Boletín Oficial.

Con lo que terminó el acto, firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que certifica.



Teresa Ovejero Cornejo, PRESIDENTA - Maria Alejandra Gauffin, Sandra Bonari, JUEZAS - Pablo López Viñals, Fabian Vittar, Ernesto R. Samson, Jose Gabriel Chiban, Guillermo Alberto Catalano, JUECES - Dr. Juan Allena Cornejo, SECRETARIO DE CORTE DE ACTUACIÓN




R. S/C N° 100012251
Orden de Publicación: 100107507
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 08/09/2023

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