ACORDADA Nº 13.991
CORTE DE JUSTICIA DE SALTA
En la ciudad de Salta, a los 28 días del mes de Septiembre del año dos mil veintitrés, reunidos en el Salón de Acuerdos de la Corte de Justicia la señora Presidenta, las señoras Juezas y los señores Jueces de Corte que firman la presente,
DIJERON:
Que mediante Acordada 13.847 la Corte de Justicia dispuso aplicar, a partir del 15 de febrero de 2023, el Plan Piloto de Oralidad a los Juzgados de Garantías del Distrito Judicial del Centro. En virtud del referido Plan comenzaron a realizarse audiencias flexibles y multipropósito que sin gestionadas por la Oficina Judicial de Garantías (OfiJu Gar) habilitada para ello.
Que el Plan Piloto se implementó, en un principio, en los Juzgados de Garantías de Segunda, Tercera, Cuarta y Octava Nominación y, luego, se extendió a los restantes del Distrito Judicial del Centro.
Que los resultados obtenidos en dicha experiencia fueron altamente satisfactorios, destacándose entre ellos el importante número de audiencias llevadas a cabo hasta el día de la fecha, como así también los acuerdos alcanzados en ellas por los que se lograron decisiones conclusivas tempranas y resoluciones de mayor calidad en relación a la necesidad de aplicación de medidas cautelares.
Que, asimismo, se realizaron las readecuaciones de personal y las edilicias necesarias para el óptimo funcionamiento de la OfiJu Gar, procurando siempre el uso efectivo de los recursos disponibles.
Que en atención a lo antes expuesto, la Comisión de Seguimiento de la Implementación de los Procesos Orales y de las Oficinas de Gestión Judicial, creada por Acordada 13.888, recomendó a este Tribunal extender la realización de audiencias flexibles y multipropósito a otros ámbitos de la etapa preliminar del proceso penal, alcanzando también a las actuaciones en las que no se encuentren personas privadas de su libertad.
Que, en consecuencia, resulta conveniente extender el Plan Piloto de Oralidad implementado por Acordada 13.847 a las decisiones aludidas en el art. 436 del Código Procesal Penal, previo cumplimento del trámite establecido en el art. 435 del mismo ordenamiento legal, en todas las actuaciones que tienen a su cargo las juezas y los jueces de garantías del Distrito Judicial del Centro.
Por ello, en ejercicio de las facultades conferidas por el art. 153, ap. I, inc. b) de la Constitución Provincial; y por el art. 4º del Código Procesal Penal,
ACORDARON:
I. EXTENDER el Plan Piloto de Oralidad implementado por Acordada 13.847 al control de acusación, el que se hará mediante la realización de una audiencia de carácter flexible y multipropósito, que llevarán a cabo los Juzgados de Garantías del Distrito Judicial del Centro de conformidad a lo indicado en el Anexo de la presente.
II. ESTABLECER que lo dispuesto precedentemente comenzará a regir a partir del 17 de octubre de 2023 y será aplicable a todas las actuaciones en los Juzgados de Garantías en los que aún no se haya dispuesto la remisión de la causa a juicio.
III. FACULTAR a la Presidencia de esta Corte de Justicia a dictar las normas necesarias para el cumplimiento de lo aquí dispuesto.
IV. COMUNICAR a quienes corresponda, DAR A CONOCER a través de la página web del Poder Judicial, y PUBLICAR en el Boletín Oficial.
Con lo que terminó el acto firmando por ante la Secretaría de Corte de Actuación, que da fe.
Teresa Ovejero Cornejo, PRESIDENTA - María Alejandra Gauffin - Adriana Rodríguez Faraldo - Sandra Bonari, JUEZAS - Fabián Vittar - Guillermo Alberto Catalano - Ernesto R. Samson - Pablo López Viñals, JUECES - Dra. Juan Allena Cornejo, SECRETARIO DE CORTE DE ACTUACIÓN