SALTA, 31 de Octubre de 2023.
RESOLUCIÓN Nº 1482
PROCURADOR GENERAL DE PROVINCIA
VISTA:
La ley 7665 de creación del Cuerpo de Investigaciones Fiscales (CIF), las facultades conferidas por el art. 82 de la ley 7690 y modificatorias, la Ley Orgánica del Ministerio Público N° 7328, las Resoluciones PG Nros. 489/15, 876/19 y Resolución N° 13.698/15 del Colegio de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que es propósito de esta Procuración General asegurar la eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos materiales y humanos del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, para de esa manera, brindar un servicio altamente calificado a los órganos de la administración de justicia a través de la realización de informes técnicos y periciales.
Que si bien mediante Resolución de Procuración N° 876/19 se estableció la reestructuración del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, incorporando el Gabinete de Medicina Legal y Anatomía Patológica al Departamento de Técnico Científico, actualmente se advierte que, luego de intercambio de diversas opiniones de los profesionales médicos y de la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, en ocasión de la Mesa de Trabajo convocada en Expte. Administrativo N° 726422/23, resulta oportuno y necesario que el área de medicina legal pase a depender jerárquicamente de la Dirección Fiscal de ese cuerpo pericial.
Que el Área de Medicina Legal es un área técnica cuya misión es auxiliar a las Fiscalías y Tribunales, mediante la práctica de pruebas periciales médicas, tanto tanatológicas como clínicas que, por su importancia y trascendencia en causas complejas, requiere de una estructura propia departamental al igual que los Departamentos Técnico Científico, de Criminalística e Investigaciones.
Que actualmente la Jefatura del Departamento Técnico Científico, acumula funciones de control y asignación de tareas en Medicina Legal, actividades que se suman a las que tradicionalmente se realizan es ese Departamento, tanto en el Distrito Judicial Centro como en las Delegaciones de Orán y Tartagal.
Que la diversidad de tareas entre las que se pueden mencionar: control de personal (médico, eviscerador, auxiliar, auxiliar forense, radiólogo, bioingeniería), guardias (pasivas y activas), visado de informes técnicos y periciales (sistema CIF), vehículos y cámaras de frío (Distritos Judiciales Centro, Orán y Metán), stock de insumos y reactivos (Distritos Judiciales Centro, Orán y Metán), elementos de protección personal por bioseguridad (Distritos Judiciales Centro, Orán y Metán), funcionamiento de equipos y herramientas, sistema de ventilación (Distritos Centro, Orán y Metán), recursos humanos (licencias, compensaciones horarias, guardias, permisos de salida), cumplimiento de protocolos de actuación, de higiene y seguridad, servicio de limpieza de áreas críticas (Distritos Centro y Orán), entre otras, son las habituales que sobrecargan la labor específica del Jefe de Departamento Técnico Científico.
Que por todo lo expuesto, resulta evidente e imperiosa la necesidad de reformular la estructura actual del área, con su correspondiente jerarquía y estructura funcional. Sin embargo, no escapa a esta Procuración General que, dicha reestructuración, implicaría una modificación a la ley de creación del Cuerpo de Investigaciones Fiscales lo que conllevaría un período extenso de tiempo atento al procedimiento legislativo establecido.
Que en este sentido y de conformidad con lo establecido en el art. 23 in fine de ley 7665 y modificatoria, corresponde la adecuación de las estructuras del organismo a fin de lograr un mejor control y optimizar la respuesta del servicio de Medicina Legal, Tanatología Forense y sus dependencias conexas en todos los Distritos Judiciales, las que quedarán transitoriamente bajo la órbita directa de la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Fiscales.
Por ello.
EL PROCURADOR GENERAL DE LA PROVINCIA,
RESUELVE:
I. APROBAR la modificación en la estructura del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, de manera que el Gabinete de Medicina Legal y sus dependencias conexas en todos los Distritos Judiciales, pase a depender funcional y jerárquicamente de la Dirección del Cuerpo de Investigaciones Fiscales, de conformidad con lo previsto en el art. 23 in fine de la ley 7665 y modificatoria, a partir de la notificación de la presente.
II. DEJAR SIN EFECTO el punto V de la Resolución N° 876/19 de la Procuración General de la Provincia y toda otra disposición que se oponga a la presente, por los motivos expuestos en los considerandos.
III. INSTRUIR a la Dirección del Cuerpo de investigaciones Fiscales, a efectos de que organice las funciones de las Coordinaciones de Medicina Legal de los Distritos Judiciales Centro, Orán y Tartagal, las Coordinaciones administrativas y los servicios de Radiología, Evisceradores y Auxiliares Forenses, elevando los respectivos proyectos a esta Procuración General.
IV. MANDAR se registre, notifique y publique en el Boletín Oficial.
Dr. Pedro Oscar García Castiella, PROCURADOR GENERAL DE LA PROVINCIA