RESOLUCIONES DE OTROS ORGANISMOS



Salta, 02 de enero de 2024

RESOLUCIÓN ENTE REGULADOR Nº 1/24

ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS



El expediente Ente Nº 267-60760/2024, las medidas de restricción del gasto público informadas por el Gobierno de la Provincia de Salta, el Acta de Directorio Nº 01/2024;

CONSIDERANDO:

Que, en un contexto de grave crisis económica el Gobierno Nacional ha iniciado un proceso de ajuste de los gastos de la Administración Pública que ha sido replicado a nivel local por el Poder Ejecutivo Provincial y las Cámaras Legislativas;

Que, compartiéndose los criterios de racionalización informados, y que resultan de público y notorio, se considera pertinente congelar las remuneraciones de los miembros del Directorio, el congelamiento de vacantes y contratos personales, y una restricción general de gastos no imprescindibles que ya se encontraban vigentes para la administración centralizada a tenor de lo que surge de la Resolución nº 08/20 del Ministerio de Economía y Servicios Públicos;

Que, corresponde que el Ente Regulador de los Servicios Públicos emita el instrumento legal pertinente dada la naturaleza autárquica que surge de su ley de creación 6835;

Por ello,

EL DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º: DISPONER el congelamiento por 180 (ciento ochenta) días de la remuneración correspondiente al rango de Director del Ente Regulador de los Servicios Públicos, a partir del 01 de Enero de 2024.

ARTÍCULO 2º: SUSPENDER a partir del 01 de Enero de 2024 las Comisiones de Servicios, Afectaciones y Prestaciones de Servicios en carácter de colaboración según lo dispuesto por el Memorándum 01/23 de la Coordinación Administrativa de la Gobernación, con las excepciones establecidas en dicho instrumento.

ARTÍCULO 3º: CONGELAR por un plazo de 180 (ciento ochenta) días, y a partir del 01 de Enero de 2024, las vacantes y contrataciones personales.

ARTÍCULO 4º: SUSPENDER por el plazo de 180 (ciento ochenta) días contados a partir de! 01 de Enero de 2024 la adquisición de bienes de uso con recursos de cualquier origen con la sola excepción de las contrataciones enmarcadas en la emergencia hídrica dispuesta por Leyes 8355 y 8404.

ARTÍCULO 5º: SUSPENDER
el uso de los vehículos que integran el Parque Automotor del organismo cuando su uso no esté relacionado con el imprescindible relevamiento del estado del servicio bajo su competencia, debiendo implementarse un programa que garantice la utilización eficiente, el control y el monitoreo permanente del destino asignado a los mismos. Sólo se reconocerán gastos en combustible en la proporción que resulte razonable de acuerdo al rendimiento litro/kilómetro recorrido según el vehículo que se trate. Los vehículos del organismo serán asignados y utilizados por personal expresamente autorizado en coordinación con el encargado del parque automotor.

ARTÍCULO 6º: PROHIBIR por el plazo de 180 (ciento ochenta) días, contados a partir del 01 de Enero de 2024, los gastos de recepción, cortesía, homenaje, impresión de tarjetas de salutación, agasajos y similares.

ARTÍCULO 7º: RESTRINGIR la autorización de viáticos a las comisiones de servicios indispensables para el relevamiento del estado de los servicios públicos bajo competencia del organismo, prohibiéndose por igual plazo gastos en pasajes aéreos o viajes fuera de la provincia que no se correspondan con estrictas necesidades institucionales.

ARTÍCULO 8º: AUTORIZAR acuerdos con los agentes de sus dependencias, relativos al cambio de horario habitual de prestación de sus servicios, en miras a asegurar el funcionamiento ininterrumpido del servicio a su cargo, ello con el fin de evitar horas extras y/o jornadas extraordinarias y/o jornadas extendidas.

ARTÍCULO 9º: Notificar, registrar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Saravia - Carecchio




R. S/C N° 100012445
Orden de Publicación: 100110880
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 03/01/2024

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