AVISOS ADMINISTRATIVOS



AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE EXPEDIENTE Nº 238-70005/23 APLICA MULTA A LA SRA. SALUZZI GONZALEZ, CAMELIA  



La Autoridad Metropolitana de Transporte de Salta, hace saber, que en los autos caratulados: “AMT - SECTOR FISCALIZACIÓN - ACTA DE COMPROBACION - B 7841 - DOMINIO AB103NX - ILEGAL UBER CON RETENCION", se ha dispuesto notificar a GAUNA, PABLO FERNANDO ESTEBAN, DNI Nº 28.887.215, lo resuelto por Disposición AMT Nº 507/23, de fecha 06 de Octubre de 2023, que establece lo siguiente: "Y VISTO: El Expediente N° 238- 70005/23, caratulado: "AMT - SECTOR FISCALIZACIÓN - ACTA DE COMPROBACION - B 7841 - DOMINIO AB103NX - ILEGAL UBER CON RETENCION"; la Ley N° 7322, la Resolución A.M.T. N° 290/18, y; CONSIDERANDO:... LA GERENCIA JURIDICA DE LA AUTORIDAD METROPOLITANA DE TRANSPORTE RESUELVE: ARTÍCULO 1º: APLICAR a SALUZZI GONZALEZ, CAMELIA, DNI Nº 18.472.161, (Licencia de REMIS N° 364), una multa consistente en 40 (cuarenta) Unidades de Sanción (US), es decir la suma de $ 410.000,00 (Pesos cuatrocientos diez mil con 00/100), por trasgresión a lo dispuesto en el art. 15 inc. 2 del Anexo I de la Resolución 170/18, incurriendo en la infracción de prestar servicio en modalidad no permitida, utilizando plataforma digital UBER, ello por los motivos expuestos en los considerandos en la presente Disposición. ARTÍCULO 2º: APLICAR a GAUNA, PABLO FERNANDO ESTEBAN, DNI N° 28.887.215, una sanción de INHABILITACION TEMPORAL para conducir vehículos afectados al Servicio Publico dentro de la Región Metropolitana de Salta, POR EL TÉRMINO DE 1 (UN) AÑO, conforme lo dispuesto por el articulo 15 y 17 de la Resolución AMT N° 170/18. Dicho plazo comenzar a acorrer a partir del día siguiente de la afectación y registración de un nuevo chofer en la Licencia en cuestión. ARTÍCULO 3º: INTIMAR a la sumariada, a realizar el pago del monto establecido en el artículos 1º, dentro de un plazo de 15 (quince) días corridos a contar desde la notificación de la presente. El pago se considerará efectivizado una vez cancelado el mismo en los lugares habilitados para el cobro correspondiente, PREVIA EMISIÓN DE LA BOLETA DE PAGO PERTINENTE POR AMT. SE HACE SABER que no se reestablecerá la liberación del vehículo hasta tanto se cancele íntegramente el total de la multa impuesta en el artículo 1º, más los conceptos referenciados en artículo 6 de la presente. ARTÍCULO 4º: DISPONER la baja de oficio del vehículo objeto de control en el presente procedimiento debiéndose proceder al retiro de obleas identificatorias del servicio público, dejándose debida constancia en el sistema integral del organismo de lo aquí dispuesto. ARTÍCULO 5º: EN CONTRA de la presente Disposición procede pedido de Aclaratoria dentro del plazo de 3 (tres) días de notificada (Art. 176 Ley Nº 5348). Asimismo procede Recurso de Revocatoria (Art. 4 inc. w ley 7322 - Art. 177 Ley Nº 5348) en el plazo de 10 (diez) días posteriores a la notificación de la presente. ARTÍCULO 6º: DISPONER que el sumariado, previo a obtener la liberación del vehículo retenido deberá acreditar el pago en concepto de canon de recupero y gastos administrativos, conforme lo establece la normativa AMT aplicable.- ARTÍCULO 7º: REGÍSTRESE, notifíquese, comuniquese y oportunamente archívese”.

El presente edicto deberá ser publicado por 3 (tres) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta, de conformidad a lo dispuesto en el art. 150 de la Ley Nº 5348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta.

SALTA, 14 de Febrero de 2024.



Lorenzo, ABOGADA - ASISTENTE PROFESIONAL




F. V/C N° 0012 - 00009663
Orden de Publicación: 100111558
Importe: $2,475E04
Fecha/s de publicación: 16/02/2024, 19/02/2024, 21/02/2024

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