CONSTITUCIONES DE SOCIEDAD



CONSULTORA PAMPA SAS



Por instrumento privado, de fecha 26 de julio de 2022, se constituyó la sociedad denominada CONSULTORA PAMPA S.A.S., con domicilio en la jurisdicción de la Provincia de Salta y Sede Social: en calle Jasimaná Nº 454, Barrio Privado El Prado de esta ciudad de Salta Capital, Provincia de Salta.

Socio: Carlos Ramiro Rubio D.N.I. Nº 29.738.351, CUIT/CUIL 20-29738351-6, argentino, nacido el 01.03.83, de 39 años de edad, Profesión: Técnico en Construcciones Civiles, casado en primeras nupcias con María Alejandra Russo Pedano, con domicilio en calle Jasimaná Nº 454, Barrio Privado el Prado de esta ciudad de Salta.

Plazo de Duración: noventa y nueve (99) años.

Objeto: la sociedad tendrá por objeto, dedicarse por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, o por medio de representaciones, consignaciones, u otros sistemas, en inmuebles propios o de terceros, a las siguientes actividades: A) Construccion: Consultaría, dirección, administración, inspección y ejecución de proyectos y todo tipo de obras de construcción: civiles, hidráulicas, sanitarias, eléctricas, urbanización, movimientos de suelo, perforaciones, desmontes y similares, viviendas y/o edificios, incluso destinados al Régimen de Propiedad Horizontal; construcción y reparación de edificios para viviendas, urbanos o rurales, y para oficinas o establecimientos industriales; refacción o demolición de las obras enumeradas; proyectos, dirección y construcción de plantas industriales, obras viales, gasoductos, oleoductos usinas; sean todos ellos públicos o privados; y servicios afines a las actividades indicadas. B) Comercial: Mediante la comercialización en todas sus etapas, compra, venta, permuta, almacenaje, fletes de carga, encomiendas, representación, distribución, consignación, transporte, importación y exportación, por mayor y por menor de materiales de la construcción, y sus accesorios y afines. C) Inmobiliaria: Mediante la realización de negocios inmobiliarios en general, compra, venta, financiación, permuta, locación, arrendamiento de inmuebles de terceros o propios, representación, fraccionamiento, subdivisiones, loteos, y administración y explotación de inmuebles urbanos o rurales propios o de terceros, y toda clase de operaciones autorizadas por la Ley de Propiedad Horizontal y sus reglamentaciones. Para el cumplimiento de tales fines podrá amarase en los Regímenes de Promoción Nacionales o Provinciales, vigentes o a crearse; presentarse a licitar tantos obras públicas como privadas y realizar construcciones con aportes particulares y/o Instituciones Financieras públicas o privadas, nacionales, provinciales, municipales o extranjeras.- D) Servicio y Asesoramiento Integral para la Organización de Empresas: Asesoramiento integral por cuenta propia o ajena o asociada a terceros para la organización de empresas en lo relativo a análisis, estudio, e instrumentación de sistemas operativos generales, ya sean administrativos, técnicos y comerciales; asesoramiento económico, impositivos y financieros, informaciones y estudios de sociedades comerciales, empresas, factibilidad y prevención de planes, programas, proyectos de inversión nacional, regional y sectorial, investigación de mercado y de comercialización interna acerca de los rubros mencionados, capacitación en las distintas ramas seleccionadas con el objeto. E) Agropecuaria: La explotación de establecimientos agropecuarios en general y, en particular, aquellos destinados a la producción y explotación de predios destinados al cultivo y explotación de tabaco, cereales, hortalizas, forrajeras, graniferas, oleaginosas y toda otra clase de cultivos de cualquier naturaleza o variedad y a la explotación de hacienda de cualquier especie, incluidos pero sin limitarse, ganado vacuno, bovino, equino, porcino y aves de cualquier tipo.- Y hacer cualquier negocio lícito aunque no sea semejante a ninguno de los objetos especificados en el Estatuto Social o en sus reformas. A tales fines, podrá contratar y/o asociarse con personas físicas y/o jurídicas, organizaciones, asociaciones. Actuar como fiduciante o fiduciario, etc.

Capital: el Capital Social es de $ 700.000 (pesos setecientos mil), representado por 700 (setecientos) acciones ordinarias escriturales, de $ 1.000 (pesos mil) valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción, suscribiendo el único socio, el Sr. Carlos Ramiro Rubio, suscribe el 100% del capital social. El capital social se integra en un veinticinco 25 % en dinero en efectivo. Y el saldo en el plazo de dos años.

Representación y Administración: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3) miembros. La administración de la sociedad tendrá a su cargo la representación de la misma. Si la administración fuere plural, los administradores la administrarán y representarán en forma indistinta. Durarán en el cargo por plazo indeterminado. Mientras la sociedad carezca de órgano de fiscalización deberá designarse, por lo menos, un administrador suplente. Administradores: Se designar como Administrador Titular a Carlos Ramiro Rubio D.N.I. Nº 29.738.351 constituye domicilio especial a los efectos en la sede social. Y se designar como Administrador Suplente a María Laura Rubio, D.N.I. Nº 30.636.983, constituye domicilio especial a los efectos en la sede social.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.

Fecha del Cierre del Ejercicio Económico: 31 de diciembre de cada año.



Cancinos Diaz, DIRECTORA GRAL. DE SOCIEDADES




F. N° 0011 - 00018909
Orden de Publicación: 100111826
Importe: $1,379E04
Fecha/s de publicación: 28/02/2024

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