RESOLUCIONES MINISTERIALES



SALTA, 07 de Marzo de 2.024

RESOLUCIÓN Nº 31

MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA

Expediente Nº 386 - 81.654/22 - Cpde. 50 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 7 y 8 de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS EN BARRIO CAMPO CASEROS - ZONA NORTE - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución Nº 157/22 del Ministerio de Infraestructura a la firma “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 281.944.971,80 (pesos doscientos ochenta y un millones novecientos cuarenta y cuatro mil novecientos setenta y uno con 80/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Noviembre de 2.022 (fs. 02/03);

Que, asimismo, mediante Resolución Nº 04/24 Ministerio de Infraestructura (fs. 99/101), se aprueba el proceso de Redeterminación de Precios Nº 5 y 6 quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 412.591.794,66 (pesos cuatrocientos doce millones quinientos noventa y un mil setecientos noventa y cuatro con 66/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023;

Que a fs. 01 y 42, el Inspector de Obra de la Dirección de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 43/44, rolan Notas de Pedido Nº 14 y 15 mediante las cuales la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3o Decreto N° 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 84, mediante Actuación Nº 522/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 85/86 el Dictamen Nº 29/24 y a fs. 87 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 20,70 % y 10,29 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Agosto y Septiembre de 2.023 respectivamente;

Que afs. 88/89, la Dirección de Obras de Infraestructura Social y Productiva de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 451.009.364,05 (pesos cuatrocientos cincuenta y un millones nueve mil trescientos sesenta y cuatro con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 412.591.794,66 (pesos cuatrocientos doce millones quinientos noventa y un mil setecientos noventa y cuatro con 66/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 27.651.053,64 (pesos veintisiete millones seiscientos cincuenta y un mil cincuenta y tres con 64/100) y de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 10.766.515,75 (pesos diez millones setecientos sesenta y seis mil quinientos quince con 75/100);

Que a fs. 91/92, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 95/98, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 102/103, mediante Dictamen Nº 99/24 la Dirección de Contrataciones de Obras Publicas del Ministerio de Infraestructura toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 104, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete mediante Informe Nº 81/24;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 7 y 8 de la obra “RECAMBIO DE CAÑERÍAS EN BARRIO CAMPO CASEROS - ZONA NORTE - DPTO. CAPITAL - PROVINCIA DE SALTA”, adjudicada por Resolución Nº 157/22 del Ministerio de Infraestructura a la contratista “M.E.I. OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución Nº 04/24 Ministerio de Infraestructura, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 451.009.364,05 (pesos cuatrocientos cincuenta y un millones nueve mil trescientos sesenta y cuatro con 05/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Julio de 2.023 por la suma de $ 412.591.794,66 (pesos cuatrocientos doce millones quinientos noventa y un mil setecientos noventa y cuatro con 66/100), de la actualización Nº 7 a valores correspondientes al mes de Agosto de 2.023 por la suma de $ 27.651.053,64 (pesos veintisiete millones seiscientos cincuenta y un mil cincuenta y tres con 64/100) y de la actualización Nº 8 a valores correspondientes al mes de Septiembre de 2.023 por la suma de $ 10.766.515,75 (pesos diez millones setecientos sesenta y seis mil quinientos quince con 75/100).

ARTÍCULO 3º.- Facultar al Secretario de Obras Públicas a suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato con la contratista “MEI OBRAS Y SERVICIOS S.R.L.”, por los montos dispuestos en el artículo 2o de la presente resolución

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 092038008602 - Financiamiento: Ley Nº 27.429 (295) - Proyecto: 840 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.024.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



Camacho




R. S/C N° 100012682
Orden de Publicación: 100112484
Importe: $0.00
Fecha/s de publicación: 26/03/2024

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