EDICTOS JUDICIALES



El Dr. Julio Leonardo Bavio, Juez del Juzgado Federal de Salta Nº 1, sito en calle España Nº 394, 1er. piso, Secretaría de la Dra. María Antonia Zenteno Day, en los autos caratulados: “BANCO DE LA NACION ARGENTINA C/ESCOBAR, DARIO NORBERTO S/PREPARA VIA EJECUTIVA” -EXPTE. Nº 13906/2022, en los cuales se dictó la siguiente Resolución Salta, 23 de febrero de 2024.- Proveyendo al escrito que antecede, punto I: agréguese y téngase presente edicto de citación debidamente publicados ante el diario El Tribuno y Boletín Oficial, en fecha 09 y 15 de febrero de 2024. Al punto II y III: atento a lo manifestado por la actora y teniendo en cuenta las constancias de autos, no habiendo comparecido el demandado a los fines ordenando en el proveído de fecha 01 de diciembre de 2022, y haciendo efectivo el apercibimiento previsto por el art. 526 del CPr., téngase por reconocidas las firmas insertas en la documental que se le atribuye, el saldo deudor intimado y por preparada la vía ejecutiva; y conforme constancias de la documentación acompañada y lo dispuesto por los arts. 520 y CC., 531, 542 y CC. del C.Pr., téngase por deducida ACCIÓN EJECUTIVA en contra del Sr. DARIO NORBERTO ESCOBAR - CUIL N° 20-26784710-0, en consecuencia, líbrese con los recaudos pertinentes la correspondiente notificación de intimación de pago y embargo, con citación para oponer excepciones en el plazo de cinco (5) días, por la suma reclamada de pesos trescientos cincuenta y ocho mil novecientos setenta y uno con 72/100 ($ 358.971,72), en concepto de capital, con más la de pesos ciento cuarenta y tres mil quinientos ochenta y ocho con 68/100 ($ 143.588,68), que se estima necesaria para responder a intereses y costas. Notifíquese. Asimismo, intímese al demandado a constituir domicilio legal dentro del perímetro de esta ciudad, en igual plazo, y domicilio electrónica en virtud de lo dispuesto por la Acordada 38/13 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a la obligatoriedad de las notificaciones electrónicas a partir del 1° de abril de 2.014 y la Acordada 07/14 que prorrogó su implementación a partir del 19 de Mayo del mismo año en igual plazo, bajo apercibimiento de que las sucesivas resoluciones se tendrán por notificadas por ministerio de ley (arts. 542, 40, 41 y 133 del C.Pr.) La presente intimación de pago y embargo, deberá realizarse mediante edictos que deberán publicarse por una sola vez, en los diarios de mayor circulación y Boletín Oficial, bajo apercibimiento de nombrarse defensor oficial (art. 531, inc. 2, 3º párrafo CPCCN). Fdo.: Julio Leonardo Bavio Juez Federal N° 1.

SALTA,   de Marzo de 2024.



Dra. Maria Antonia Zenteno Day, SECRETARIA




F. N° 0011 - 00019432
Orden de Publicación: 100112672
Importe: $6,254.00
Fecha/s de publicación: 04/04/2024

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