RESOLUCIONES



SALTA, 16 de febrero de 2024

RESOLUCIÓN Nº 191

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

Expediente Nº 322 - 287.675/20 Cpde. 19 y agregados.

VISTO las presentes actuaciones mediante las cuales se tramita la aprobación del proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS CENTRO DE INTEGRACION Y TRATAMIENTO - PROGRAMA PUENTE - SALTA - CAPITAL”; y,

CONSIDERANDO:

Que la mencionada obra fue adjudicada mediante Resolución S.O.P. Nº 964/22 a la firma “MARIA FERNANDA LOPEZ PAPALARDO”, suscribiéndose el Contrato de Obra Pública por la suma de $ 18.059.591,26 (pesos dieciocho millones cincuenta y nueve mil quinientos noventa y uno con 26/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Octubre de 2.022 (fs. 85/87);

Que, asimismo, mediante Resolución S.O.P. Nº 653/23 (fs. 89/91), se aprobó el proceso de Redeterminación de Precios Nº 1, quedando establecido el nuevo monto contractual en la suma de $ 20.265.265,72 (pesos veinte millones doscientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta y cinco con 72/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022;

Que a fs. 96/97, el Inspector de Obra de la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., considera cumplidos los requisitos previstos por Decreto Nº 1.170/03 y su modificatorio Nº 3.721/13 para dar curso a la solicitud de redeterminación de precios;

Que a fs. 84, rola Nota de Pedido Nº 1 mediante la cual la contratista se adhiere expresamente a los términos del Decreto señalado y por consiguiente renuncia a todo reclamo por mayores costos, compensaciones, gastos improductivos o daños y perjuicios invocados con causa o motivo de la renegociación y asume la obligación de integrar la garantía de ejecución del contrato hasta el monto de la redeterminación (artículo 3º Decreto Nº 3.721/13);

Que la Administración se encuentra facultada a proceder a la renegociación en virtud de lo establecido por el artículo 2º inciso e) del Decreto Nº 1.170/03, modificado por Decreto Nº 3.721/13, cuando los costos hubieren adquirido un valor tal que reflejen una variación de esos precios superior al 5% del valor de contrato o precio surgido de la última redeterminación sobre el saldo pendiente de ejecución;

Que a fs. 103, mediante Actuación Nº 372/23 rola la intervención del Registro de Contratistas de Obras Públicas, a fs. 104/105 el Dictamen Nº 583/23 y a fs. 106 la conformidad de la Dirección General de la Unidad Central de Contrataciones, constatando la existencia de variaciones equivalentes al 13,20 % y 12,81 % del valor del contrato y redeterminando el mismo, actualizándolo a valores correspondientes a los meses de Febrero y Abril del 2.023 respectivamente;

Que a fs. 112/113, la Dirección de Obras de Salud de la S.O.P., a través de ficha de Datos para Reporte - Decreto Nº 572/06, procede a informar el descuento del anticipo financiero, redeterminándose el monto contractual en la suma total de $ 22.123.890,31 (pesos veintidós millones ciento veintitrés mil ochocientos noventa con 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 20.265.265,72 (pesos veinte millones doscientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta y cinco con 72/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.693.802,34 (pesos un millón seiscientos noventa y tres mil ochocientos dos con 34/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 164.822,25 (pesos ciento sesenta y cuatro mil ochocientos veintidós con 25/100);

Que a fs. 115/116, rola la intervención del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio de Infraestructura, realizando la imputación del gasto correspondiente;

Que a fs. 119/122, la Oficina Provincial de Presupuesto y la Secretaría de Finanzas del Ministerio de Economía y Servicios Públicos toman la intervención en cumplimiento del Reporte del Decreto Nº 572/06;

Que a fs. 123/124, mediante Dictamen Nº 96/24 la Coordinación Legal y Técnica de la S.O.P. toma la intervención correspondiente, sin observaciones que formular para la continuidad del trámite de aprobación de la redeterminación de precios solicitada;

Que a fs. 125, la Unidad de Sindicatura Interna del Ministerio de Infraestructura, ha tomado la intervención que le compete;

Por ello, en el marco de lo dispuesto por el artículo 49 de la Ley Nº 8.072, artículo 69 de su Decreto Reglamentario Nº 1.319/18, Decretos Nº 1.170/03 y 3.721/13,

EL SECRETARIO DE OBRAS PÚBLICAS

R E S U E L V E:

ARTÍCULO 1º.- Aprobar el proceso de Redeterminación de Precios Nº 2 y 3 de la obra “REFACCIONES VARIAS CENTRO DE INTEGRACION Y TRATAMIENTO - PROGRAMA PUENTE - SALTA - CAPITAL”, adjudicada por Resolución S.O.P. Nº 964/22 a la contratista “MARIA FERNANDA LOPEZ PAPALARDO.”.

ARTÍCULO 2º.- Modificar la Cláusula Segunda del Contrato de Obra Pública, redeterminado últimamente por Resolución S.O.P. Nº 653/23, estableciendo un nuevo monto total del contrato en la suma de $ 22.123.890,31 (pesos veintidós millones ciento veintitrés mil ochocientos noventa con 31/100) IVA incluido, a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023, comprensivo del monto contractual redeterminado a valores correspondientes al mes de Diciembre de 2.022 por la suma de $ 20.265.265,72 (pesos veinte millones doscientos sesenta y cinco mil doscientos sesenta y cinco con 72/100), de la actualización Nº 2 a valores correspondientes al mes de Febrero de 2.023 por la suma de $ 1.693.802,34 (pesos un millón seiscientos noventa y tres mil ochocientos dos con 34/100) y de la actualización Nº 3 a valores correspondientes al mes de Abril de 2.023 por la suma de $ 164.822,25 (pesos ciento sesenta y cuatro mil ochocientos veintidós con 25/100).

ARTÍCULO 3º.- Suscribir la Addenda Modificatoria del Contrato mencionado con la contratista “MARIA FERNANDA LOPEZ PAPALARDO”, por los montos dispuestos en el Artículo 2º de la presente resolución.

ARTÍCULO 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente se imputará al Curso de Acción: 081017037601 - Financiamiento: Ley N° 27.429 (295) - Proyecto: 374 - Unidad Geográfica: 28 - Ejercicio: 2.023.

ARTÍCULO 5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.



De la Fuente






R. S/C N° 100012578
Orden de Publicación: 100112007
Importe: $0,00
Fecha/s de publicación: 05/03/2024

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